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Las regulaciones no abordan el desempleo; las partes no llegaron a un acuerdo

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Trabajadores, el artículo 260 establece que, salvo pacto en contrario, la indemnización por accidentes de trabajo incluye, además de las prestaciones dinerarias, el alojamiento y la alimentación.

El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Trabajo, presentó este jueves ante el Senado de la República, un proyecto de ley destinado a modernizar y actualizar el Código del Trabajo, en el que se mantienen las prestaciones por desempleo. Dado que el sector empresario y empleado no se ponen de acuerdo, se incluirá el teletrabajo, las tareas del hogar y otros.

Los trabajadores del hogar no tienen derecho a prestaciones por desempleo según la nueva normativa.
Luis Miguel De Camps , Ministro de Trabajo, enfatizó que luego de más de 100 sesiones de trabajo del Consejo Consultivo Laboral, el Consejo Técnico Francés y reuniones tripartitas, República Dominicana tendrá ‘una ley moderna que fortalece en mayor medida los derechos de los trabajadores y de los empleadores’. capacidad de crear empleos, aumentar la productividad y la competitividad.

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Al transmitir documento al Presidente de la Senador, Ricardo de los Santos, De Camps destacó que con esta nueva ley el Ministerio de Trabajo también podrá cumplir mejor con la normativa laboral.
«Lo que aquí presentamos es producto de la «Ahora el Congreso debe convertir en realidad lo acordado y crear esta modificación de la ley hace más de 30 años», enfatizó la funcionaria. que le impida prestar sus servicios al empleador.
Además, caso fortuito o fuerza mayor, siempre que cause la consecuencia necesaria, inmediata y directa de interrupción temporal del trabajo, arresto o prisión preventiva del trabajador. incapacitado temporalmente para desempeñar sus funciones cuando ello impida temporalmente al trabajador el desempeño de sus funciones; escasez o escasez de materias primas siempre que no sea por culpa del empleador.

Del mismo modo, falta de fondos para continuar el trabajo normal, si el empleador Justificación completa de ello; La sobreproducción está relacionada con la situación económica de la empresa y las condiciones del mercado.

Del mismo modo, la asequibilidad de las operaciones de la empresa; Las huelgas y los cierres patronales se consideran ilegales; una decisión de una autoridad sanitaria que restringe o restringe el acceso a las instalaciones del empleador. Modificar el artículo 155. En caso de que la jornada se amplíe para hacer frente a un aumento repentino de trabajo, el número de horas extraordinarias no deberá exceder de ciento veinte horas por trimestre.

Artículo 157. indica que la jornada debe ser interrumpida por descansos que totalicen al menos una hora de descanso, uno de estos descansos debe durar al menos media hora y los demás descansos deben ser de al menos quince (15) minutos seguidos. En el artículo 237. se establece que la licencia de maternidad nunca será inferior a un total de catorce semanas y que durante este período las trabajadoras conservarán su puesto de trabajo con todos los derechos que de él se derivan. trabajadores, el artículo 260 establece que, salvo pacto en contrario, la indemnización por accidentes de trabajo incluye, además de las prestaciones dinerarias, el alojamiento y la alimentación. Las remuneraciones en especie, el alojamiento y la alimentación no se tienen en cuenta al calcular los salarios y otros derechos laborales.

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