Fundación Primero Justicia (FPJ) ha interpuesto recurso de amparo constitucional ante el Tribunal Superior Administrativo (TSA), para ordenar a la Asamblea Nacional considerar y a la Comisión Central Electoral (JCE) suspender una ratificación referéndum para confirmar las reformas constitucionales presentadas por el presidente Luis Abinader, dándole la facultad de nombrar alcaldes y tenientes alcaldes, además, redujo el número de delegados.
En documentos presentados ante el TSA advirtieron sobre una grave ataque a la seguridad jurídica e institucional del país, mediante la imposición de una reforma constitucional más allá del procedimiento establecido en la Carta Magna, dado que serán elegidos en 2028, con el censo de 2010, restringiendo los derechos de voto y elecciones.
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Así como el derecho a aprobar o rechazar, mediante referendo, reforma constitucional que restrinja, restrinja o modificar los derechos fundamentales o cambiar el procedimiento de enmienda constitucional previsto en el artículo 272 de la Constitución.
Incluyendo el derecho a la legalidad de la conducta de los funcionarios públicos y el derecho a «desempeñar las funciones de un servidor público» de los ciudadanos, de conformidad con Los artículos 2, 4, 5, 6, 22, 74, 75.2, 75.12 y 139 de la Constitución Dominicana abren la puerta a modificaciones a la Constitución de legislación ilimitada, como precedente sería cualquier reforma de cualquier disposición de la Constitución, simplemente añadiendo a él. de la famosa transición, por «excepciones, el referendo aprobatorio no aplica a la actual reforma», como se hizo en la cláusula transitoria sexta de la reforma.
Surún Hernández, presidente de la organización, informa que denunciará en foros internacionales la crisis institucional que afecta al país, lo que tendrá un impacto decisivo. La administración de justicia y el Estado de derecho son importantes para atraer inversores, por lo que pidió sentido común para no causar daños irreparables. para el futuro institucional del país. Reiteró que según lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución, ésta sólo puede ser reformada si se sigue estrictamente el procedimiento allí establecido, sin lo cual la reforma será inexistente y nula. Surún Hernández advirtió que hasta que no se lleve a cabo dicho referéndum aprobatorio, la reforma anunciada el pasado domingo aún carece de efectividad y eficiencia.