Santo Domingo. El Senado declaró el estado de emergencia y aprobó este martes en dos lecturas consecutivas el proyecto de ley que modifica el artículo 3 y adiciona el artículo 3.1 a la ley N° 137-03, sobre tráfico de inmigrantes ilegales y trata de personas.
. Nuevo El artículo 3 del reglamento examina las violaciones graves de la trata de personas, como el reclutamiento, transporte, traslado, acogida o recepción de personas, mediante el uso de amenazas, fuerza, coerción, secuestro, fraude, engaño, abuso de poder o vulnerabilidad. situaciones. También se tipifica como delito el uso de cualquier tipo de fuerza, coerción, estimulante o método con el fin de alterar la conciencia, así como dar o recibir pagos o beneficios para obtener el consentimiento de alguien con autoridad sobre otra persona. Estas prácticas conducen a la explotación mediante la mendicidad, la explotación sexual o pornográfica, el trabajo forzoso, la servidumbre por deudas, el matrimonio esclavo, la adopción ilegal, la esclavitud u otros actos similares, la esclavitud o la extorsión, incluso con el consentimiento de la víctima.
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El documento enviado por el poder ejecutivo establece en el párrafo I que el consentimiento de la víctima a cualquier forma de explotación definida en este artículo no será motivo de inmunidad de responsabilidad penal.
Del mismo modo, el párrafo II establece que, en el caso de trata de personas para causar daño a un menor, a una persona discapacitada o a una persona en situación de vulnerabilidad, No será necesario acreditar el uso de medios como engaño, secuestro, coacción, coacción, abuso de poder o vulnerabilidad, o dar o recibir dinero para obtener el consentimiento de una persona con autoridad sobre la víctima.
Además, el proyecto de ley incorpora un apartado 3.1, que sanciona la trata de personas con pena de diez a veinte años de prisión y multa de ciento cincuenta a trescientos salarios mínimos del sector público. En los casos en que la víctima sea un menor de edad, una persona discapacitada o una persona vulnerable, la pena se eleva a 20 a 30 años de prisión y multa de trescientos salarios mínimos.
Por otra orden, el Pleno Sesión del Congreso del Senado aprobó en dos lecturas consecutivas un proyecto de ley que declara a la provincia de Puerto Plata provincia de ecoturismo, iniciativa liderada por la Senadora Ginnette Presentada por Bournigal de Jiménez.
De igual manera, el Senado aprobó el proyecto de ley sobre el segundo día de lectura de la ley. Se modifica el artículo 386 de la Ley No. 76-02, Reguladora del Código Procesal Penal de la República Dominicana. Esta propuesta, presentada por el Senador Antonio Manuel Taveras, introduce un recurso especial de revisión constitucional para revisar decisiones tomadas en apelación dentro de la jurisdicción.
El reglamento establece que, durante la audiencia, el juez deberá escuchar a los testigos. y las partes interesadas, examinar documentos, evaluar los hechos alegados y ordenar la libertad de las personas privadas de libertad o el cese de la persecución, si no se respetan los procedimientos previstos en el código. De lo contrario, la solicitud será rechazada.
El proyecto también estipula que las decisiones que denieguen una solicitud de hábeas corpus o que denieguen el derecho de la persona a la libertad podrán ser apeladas ante el Tribunal Constitucional, sujeto al régimen procesal previsto. la modificación de las sentencias de amparo.
Durante la sesión, los senadores también aprobaron una resolución otorgando un pergamino de reconocimiento a la profesora Nerys Dulcinea Urbáez de Sarraf por sus 45 años de servicio en el campo de la educación, por la beneficio de la educación nacional.
Finalmente, el Presidente del Senado convocó a la Asamblea Nacional para revisión nacional el sábado 26 a las 14 horas, para continuar los trabajos de reforma constitucional y convocar a una sesión ordinaria el día martes. el día 29 a las 14 horas en la sala de bicicletas.