Internacionales

CIDH monitorea y revisa medidas preventivas relacionadas con María Corina Machado en Venezuela

8435171771.png
8435171771.png
Estos hechos incluyeron ataques, amenazas y acosos, así como una serie de declaraciones difamatorias por parte de altos funcionarios del partido gobernante.

Washington, D.C. – El 25 de noviembre de 2024, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó la resolución 89/2024 de seguimiento, revisada y ampliada, respecto de la situación de María Corina Machado en Venezuela (MC-125-19).
En la resolución, la CIDH analizó la continuidad de hechos de riesgo contra María Corina Machado, líder política de la oposición en Venezuela, situación que ha multiplicado los incidentes en el período postelectoral de 2024. Estos hechos incluyeron ataques, amenazas y acosos, así como una serie de declaraciones difamatorias por parte de altos funcionarios del partido gobernante. Se ha destacado la relación entre estos hechos y su implicación política y su papel como líder de la oposición interna. Lo anterior ha sido evaluado en el contexto de la represión en el período postelectoral en Venezuela.

Por otra parte, la Comisión tomó nota de la situación de los detenidos en la embajada de Argentina en Venezuela. , quien reiteró que «en una democracia, ninguna persona con un rol de liderazgo político debe ser obligada a solicitar asilo en una embajada o salir del país en defensa de derechos como la vida, la integridad y la libertad», y reiteró el llamado al Estado a «respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de todos los venezolanos, así como utilizar todas las medidas para resolver los conflictos, priorizando el diálogo y la negociación.»

CIDH lo toma. lamenta la falta de información e implementación de medidas de protección por parte del Estado, lo que colocaría a los beneficiarios en una situación de desprotección y vulnerabilidad en el contexto del país. En estos términos, la Comisión también ha dado seguimiento recientemente a este asunto en el contexto preelectoral.

Después de analizar los alegatos de hecho y de derecho, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de su Reglamento, la Comisión ha concluido que la Situación de la señora María Corina Machado Parisca sigue vigente y ha decidido:

El dictado de medidas preventivas y la aprobación de la solicitud por parte del Estado no constituye perjuicio en contra de uno pueden presentarse ante el sistema denuncias que alegue violaciones de derechos protegidos por la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.

La CIDH es el órgano principal y autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA), cuyo mandato se deriva de la Carta de la OEA. y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene la tarea de promover el respeto y la protección de los derechos humanos en la región y sirve como órgano asesor de la OEA en este tema. La CIDH está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título individual y no representan a su país de origen o residencia.

TRA Digital

GRATIS
VER