Las sanciones se dictaron en momentos en que Ecuador entraba en un proceso electoral en el que el jefe de Estado Daniel Noboa era uno de los 16 candidatos presidenciales que toma las riendas. país
El Ministerio de Trabajo impuso una suspensión de 150 días, sin goce de sueldo, a la vicepresidenta de Ecuador, Verónica Abad, por “ausenciarse injustificadamente del trabajo durante tres o más días. »
Las sanciones se producen cuando Ecuador ingresa a un proceso electoral en el que el jefe de Estado, Daniel Noboa, es uno de los 16 candidatos presidenciales que gobernarán el país de 2025 a 2029. Según la ley, para liderar una campaña electoral, Noboa -que llegó al poder en noviembre pasado- debe ceder temporalmente este cargo al vicepresidente de él mismo, con quien mantiene una clara relación política desde principios del pasado octubre, cuando el Gobierno la nombró embajadora en Israel.
El Ministerio de Trabajo abrió un tribunal administrativo de sesión contra Abad (que fue elegido por votación popular), al considerar que no vino desde Israel a Türkiye en la fecha fijada por el Ejecutivo, en un momento en el que la guerra se intensificaba en Oriente Medio
Era el pasado mes de septiembre, Abad ha afirmado que la remisión administrativa en su contra es «otro acto de represión y acoso político».
«(Noboa) ha puesto en marcha varios mecanismos para m» impedir su reposición en sus funciones cuando estaba obligado a salir por su inminente candidatura”, afirmó luego Abad sobre el nombramiento de Noboa, cuya candidatura ha sido confirmada a las elecciones nacionales del Consejo Electo.
Abad afirmó que el Ministerio de Trabajo no tenía la autoridad para abrir un proceso administrativo en su contra, el cual, según dijo, tenía como objetivo despedirla por abandonar sus funciones y presentar argumentos que sólo la Asamblea Nacional (Congreso) puede destituir al vicepresidente.
En una de las primeras reacciones a las sanciones del Ministerio, afirmó en redes sociales el candidato presidencial Henry Cucalón, mostrando una vez más un profundo desprecio su visión de las instituciones y la democracia. «
Después de subrayar que las sanciones contra Abad eran esencialmente «inconstitucionales e ilegales», tenía un único objetivo: no poder sustituir al presidente durante la campaña electoral». Pero el abogado Eduardo Franco Loor destacó en . 424 de la Constitución de la República. Un funcionario del Ministerio de Trabajo no puede sancionar al Vicepresidente de la República, quien tiene facultades y facultades constitucionales. «Función ejecutiva», que también lo vio como «una represalia política encaminada a impedir que (Abad) asuma temporalmente la presidencia». .
La sanción de suspensión de 5 meses aprobada por el Ministerio, se hizo pública este sábado 8 de noviembre, el mismo día en que Abad respaldó 8 supuestos «ataques» que sexuaron la supuesta violencia política. denuncia que interpuso contra Noboa y otros miembros de su Administración.
Lo hizo a través de una defensa su defensa en la audiencia anterior Tribunal Contencioso Electoral (TCE), quien solicitó la sanción de Noboa, la primera ministra, Gabriela Sommerfeld, la asesora presidencial Diana Jácome y el exviceministro de Gobierno Esteban Torres.
Según Damián Armijos, abogado de Abad, Noboa y otros funcionarios buscaron “a toda costa” impedir que sus clientes ejerzan. de las autoridades públicas.
Además, señaló que buscaron “temerla, amenazarla y acosarla” para “incitarla a renunciar y así evitar la sucesión a la presidencia, según lo establece la Constitución”. . «
También se tramitan en el TCE las denuncias presentadas por Jácome y el presidente del Gobierno contra Abad por disposiciones similares por presunta violencia de género.
La decisión del Ministerio de Trabajo llegó tres días después de que la ECT multara a Abad con 8.500 dólares, pero no suspendió sus derechos políticos cuando presentó una denuncia de campaña antes de la fecha límite de las elecciones de 2023, en cuando era candidata a la alcaldía de la ciudad andina de Cuenca.
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