“En caso de la personas jurídicas de naturaleza privada extranjera que obtengan el derecho de explorar, explotar y beneficiarse de los yacimientos a que se refiere esta ley, deberá contar con los accionistas dominicanos que ostenten una participación mínima de un 15 por ciento de las acciones de esa entidad jurídica”, indica.
La modificación fue planteada con la finalidad de armonizar su contenido con la Constitución y propiciar la participación de países y personas en la exploración y explotación de petróleo y sustancias hidrocarburíferas. En todos los casos, el contrato o concesión que intervenga se regirá por la legislación de la República Dominicana en lo referente a los derechos otorgados.
Además, los diputados aprobaron, en única discusión, la Adenda número 1 al Contrato de Fideicomiso para la operación, mantenimiento y expansión de la Red Vial Principal de la República Dominicana (RD Vial).
La Adenda, depositada al Congreso, vía la Cámara de Diputados por el Poder Ejecutivo, fue objeto de estudios por parte de la Comisión Permanente de Hacienda del órgano legislativo, la cual rindió un informe favorable para su aprobación.
En su solicitud, el Poder Ejecutivo explicó a los diputados que Estas modificaciones pretenden asegurar un funcionamiento más eficiente del Fideicomiso RD Vial, garantizando así su propósito de aseverar el adecuado rendimiento de la Red Vial Principal, así como la ejecución de actuaciones y obras necesarias para su ampliación, rehabilitación, conservación y mantenimiento.