MADRID, 27 de diciembre (PRENSA EUROPEA) –
El Ministro de Función Pública, a través del Instituto Nacional de Administración Pública y La Ministra de Derechos Sociales, hizo público el proyecto de decreto por el que se establecen los Criterios Generales de Adecuación de Medios y Tiempo en los Procesos de Selección para el Acceso al empleo de personas con discapacidad
“Esta normativa tiene como objetivo actualizar y mejorar las condiciones de participación en las competiciones de este grupo, con el objetivo de garantizar que lo hagan en igualdad de condiciones”, explicó en un comunicado de prensa el Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicación. Transformación y Función Pública.
El proyecto de decreto fue objeto de una consulta previa, del 3 al 31 de octubre. Durante esta nueva fase de audiencia pública, el texto del proyecto de decreto se pone a disposición de los ciudadanos interesados. y las partes interesadas en este sitio web para que se puedan realizar contribuciones adicionales. El plazo de presentación de alegaciones se ampliará hasta el 21 de enero de 2025 y podrán enviarse a la dirección de correo electrónico Consultapublicasefp@digital.gob.es.
Según el Ministerio, se actualiza el contenido del proyecto de decreto y mejorar las medidas de adaptación y ajuste establecidas en los procedimientos de selección para el acceso al empleo público hace casi dos décadas, tras la aprobación del Real Decreto 2271/2004. Se refiere a ajustar plazos (proporcionar tiempo adicional para realizar los ejercicios), instalaciones (proporcionar material y recursos humanos para realizar las pruebas y garantizar el acceso a la información y comunicaciones de los procedimientos) y ajustes razonables (ajustes requeridos por las circunstancias específicas de los candidatos discapacitados que no pueden abordarse mediante ajustes generales de tiempos e instalaciones).
En este sentido, existen ajustes de recursos humanos puede incluir, si corresponde, según el proyecto de orden, el uso por parte de un solicitante con discapacidad de un asistente personal o asistente de preparación para el trabajo, un intérprete de lengua de señas, un intérprete de instrucción (para personas con pérdida auditiva -ciegos) o cualquier otra ayuda o apoyo. personal. Dispondrá un cronograma organizado por tipo y nivel de discapacidad según el baremo de criterios contenido en el propio texto, que permitirá a la autoridad de selección decidir sobre el tiempo adicional de prueba de los candidatos que se presentarán al examen. pedido.
El texto del borrador de la orden también identifica el proceso mediante el cual la agencia seleccionadora puede evaluar y abordar las solicitudes de adaptaciones, plazos y otras adaptaciones razonables de los candidatos, incluidas las suposiciones no especificadas en las reglas. se resuelven conforme a los principios de licitud, equidad y siempre en la dirección más favorable, garantizando la igualdad de oportunidades.