El Tribunal Constitucional (TC) anuló la ley 1-24 que crea la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI) “por ser incompatible con la Constitución”.
Según sentencia TC/0767/24, la acción directa de inconstitucionalidad interpuesta por Fuerza Popular, el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) y el Partido Revolucionario fue presentada ante República Dominicana (PRD), país que busca derogar la Ley 1-24.
El presidente del partido Fuerza del Pueblo, Leonel Fernández, afirmó en un mensaje publicado en su red social X, el 22 de enero, «que esta ley es un retroceso el más grave en términos de institucionalidad democrática que ha vivido el país desde la muerte del dictador Rafael Leónidas Trujillo hasta la actualidad.»
Esta Ley DNI fue aprobada por la Asamblea Nacional el día 10 de enero y promulgada por el Poder Ejecutivo el 15 del mismo mes.
En las semanas previas a su creación se interpusieron al menos siete acciones de inconstitucionalidad contra la ley
. Además, la Asociación Dominicana de Prensa (SDD) se ha pronunciado reiteradamente sobre varias disposiciones de la ley que crea el DNI, entre ellas 9, 11 y 26.
Reglas del artículo 11 decreta que “todas las agencias estatales, organizaciones privadas o personas naturales, sin perjuicio de los procedimientos legales para proteger y garantizar el derecho a la intimidad y al “honor personal” que confiere a la Dirección General de Inteligencia “toda la información que requieran sobre si existen datos o conocimientos sobre asuntos que puedan afectar la seguridad nacional.
Así que el artículo 26 establece regulaciones sobre sanciones penales, por ejemplo Prisión leve de dos a tres años y multa de nueve a quince salarios mínimos en el sector público, para quienes “oculten información” a solicitud del DNI.