La Fundación Instituciones y Justicia (Finjus) dice que la sentencia del Tribunal Constitucional sobre los candidatos independientes favorece la antipolítica Los candidatos independientes apoyan a «personas antipolíticas» porque puede causar la debilitamiento de los partidos y el desmantelamiento del propio sistema político.
Vía comunicado de prensa firmado por el vicepresidente ejecutivo de Finjus, Servio Tulio Castaños, la organización indicó que le “preocupa” que la sentencia TC-0788-24 desvirtúe esfuerzos que se están realizando en diferentes espacios para fortalecer la democracia interna de los partidos políticos.
» En este sentido, si bien existen importantes desafíos por superar en el marco de la representación política ante la racionalidad de la Historia y la sociedad, Estos desafíos no pueden vincularse a la dinámica jurídica que los crea y reproduce. La aparición de extremistas socava las instituciones de las organizaciones políticas, creando grupos espontáneos fuera de todo control. y el control institucional, al tiempo que confunde la voluntad colectiva con una visión punitiva de la propia estabilidad democrática de la Nación”, dijo Castaños en un comunicado de prensa.
¿Qué dice el partido?
Algunos dirigentes del partido señalaron que la decisión constituiría una “amenaza” para el sistema político. Sobre este tema, el representante del Partido Revolucionario Moderno (PRM) en la JCE, Sigmund Freund, dijo que se realizó una reunión. coordinado con todos los partidos del sistema para debatir todas las implicaciones de la sentencia y establecer una posición unificada sobre la decisión de la Corte Constitucional.
«Imagínense que ahora todo aquel que cree que puede ser candidato se inscribe, porque Eso es lo que dicen. Es decir, no habrá requisitos previos. Los votos se contarán o se asignarán así. ¿Y si hay 200 candidatos? Freund preguntó en una entrevista con el representante de los medios.
Veredicto
El veredicto declaró inconstitucionales los artículos 156 y 157 de la ley 20-23 relativa al sistema electoral, en la que los candidatos políticos son se aborda independientemente de los partidos políticos, porque existe una “desconexión” entre título y cargo. El contenido de la ley es controvertido porque la posibilidad de participar como independiente depende de la formación de una organización política.
Estas disposiciones afirman que para apoyar la independencia de la candidatura a la presidencia de la República, un órgano ejecutivo que está obligado a tener directivos iguales a los partidos políticos del país, además del programa 20-23 del Gobierno, también estipula Se especifica que para los senadores y representantes en el Congreso, deben tener un respaldo similar. organización directiva permanente de partidos, grupos o movimientos políticos pero limitada a las respectivas circunscripciones electorales; mientras que a nivel de alcalde y concejal, deben contar con una organización municipal que los respalde.
El tercer párrafo del artículo 157 establece claramente que “estas normas se aplicarán a las organizaciones independientes y a sus organizaciones de apoyo, Las demás disposiciones que establece esta ley, relativas a los partidos, agrupaciones o movimientos políticos y a los candidatos que éstos apoyen, con los ajustes que se puedan hacer y de conformidad con lo que reglamente la Junta Electoral Central (JCE).
Sin respuesta de la JCE
Sin respuesta de la JCE
A medida que avanzaba el día, la sesión plenaria de la JCE aún no ha expresado su postura sobre el tema, así como sobre la cuestión de las nuevas directrices que se implementarán de conformidad con la decisión de la Corte Suprema.
En la parte de implementación de la decisión La Corte Constitucional señaló que ello no impide a la Asamblea Nacional ejercer sus facultades constitucionales, “para regular la candidatura independiente en forma acorde a lo decidido en esta sentencia, de conformidad con el inciso 93.1, literal q); Además, estas no exceden el ámbito de las facultades reglamentarias de la JCE, previstas en el artículo 212 de la Constitución en materias de la competencia de la JCE.
Agregar Comentario