Nuevo revés gubernamental, con la polémica Ley 1-24 de la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), derribada por el Tribunal Constitucional (TC), además de otros «retiros», retiros y exenciones. normas que en su momento provocaron muchas críticas por parte de la sociedad.
Aunque el asesor jurídico del organismo ejecutivo afirmó que el Tribunal Constitucional basó su decisión en deficiencias procesales equivocadas, pero desde el principio hubo consenso en que esto regulación violaba derechos humanos básicos.
El artículo 11 de la ley obliga a todas las agencias estatales, la organización privada o el individuo deben proporcionar la información a DNI sin orden judicial.
El presidente de la Asociación Dominicana de Prensa (SDD), Persio Maldonado afirmó que «La Corte Constitucional fue clara al determinar que esta disposición, además de violar derechos fundamentales como la libertad de expresión y privacidad, debe ser aprobada como ley orgánica porque es un tema de seguridad nacional «
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Según Mediante sentencia TC/0767/24, la ley fue anulada el 24-1 por la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI) por errores en su aprobación ya que fue aprobada como ley ordinaria, orgánica.
Leyes orgánicas deben ser aquellos que afecten a derechos humanos básicos y para ser aprobados se requieren 2/3 de las personas presentes en la reunión
Asociación de Periódicos prensa
El 11 de septiembre, luego de más de ocho meses de discusión, una comisión conformada por sectores de la prensa, sociedad civil, empresarios, gobierno y abogados, llegó a acuerdos sobre puntos de reforma a la Ley 1-24 , creando la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), agencia acusada de violar la libertad de expresión.
Durante una reunión en el diario Listín Diario, el presidente de la Asociación de la Prensa Dominicana (SDD), Persio Maldonado, expresó que era posible construir una versión que superara las ambigüedades de la normativa.
Nueva aprobación
El 13 de noviembre, el Senado de la República aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que reforma la Ley 1-24, que establece establece el marco legal para la Dirección de Inteligencia Nacional (DNI), emitido por primera vez el 15 de enero de 2024.
Esta iniciativa tiene como objetivo actualizar y fortalecer el sistema de inteligencia del estado, adecuando sus disposiciones a las normas nacionales. necesidades de seguridad.
Buscan modificar más de cinco artículos del reglamento, entre ellos el N° 1 sobre materia y alcance, que indica que la ley que crea el DNI tiene por objeto establecer el marco jurídico del sistema de Inteligencia del Estado, previsto para en el artículo 261 de la Constitución de la República, así como la creación de la Dirección Nacional de Inteligencia, como organismo gestor del sistema.
Antiliano asigna
El asesor jurídico del Ejecutivo, Antoliano Peralta, aclaró que el TC basó su decisión en un error procesal ocurrido durante el trámite legislativo de la norma sin reconsiderar la cuestión de su contenido ni identificar violaciones a derechos fundamentales. Aseveró que la ley fue aprobada en ambas cámaras con la mayoría necesaria, pero no respetó los procedimientos necesarios para su convocatoria y la trató como ley orgánica. Concluyó que claramente la Asamblea Nacional no había convocado a las sesiones necesarias para discutir una ley orgánica.