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Ver decisión del TC allanando el camino a las aspiraciones populares

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El TC eliminó este requisito.Mientras Héctor Guzmán, del PRD, argumentó que el fallo se extralimitó y asumió las funciones propias de los legisladores.

Sede de la Corte Constitucional de la República Dominicana.

La Comisión Central Electoral (JCE) no puede realizar elecciones las próximas elecciones dentro del plazo fijado por la decisión de La Corte Constitucional abre oportunidades para quien quiera aspirar a la independencia, independientemente del partido, advirtieron esta mañana representantes de los partidos Liberación Dominica (PLD) y Reforma Social Cristiana. (PRD). Advierten que en cada ciudad miles de personas pueden aspirar a cargos de elección popular.

Para el portavoz del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), Héctor Guzmán, Tal decisión es un golpe fatal contra la democracia y una falta de respeto a la Asamblea Nacional. Asamblea.

José Dantés, coordinador jurídico del PLD y Tácito Perdomo, delegado electoral del PRSC, asevera que la sentencia STC/0788/24 generará un caos político en el país ya que la JCE no podrá gestionar miles de candidatos que se presentarán en diferentes ámbitos.
Dantés explica que la JCE debe procesar un gran número de candidatos en todos los municipios y sin ningún tipo de regulación. Señaló que es necesario modificar los artículos 156 y 157 de la Ley 20-23 del régimen electoral, los cuales fueron declarados inconstitucionales porque exigen que los candidatos independientes tengan el deseo de afiliarse a partidos políticos.
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«Imagínese que podríamos Hay 100 candidatos presidente y ya tenemos 30 o 40 candidatos presidenciales, senadores y alcaldes cada uno, esto atomizará el proceso electoral y la JCE no podrá monitorear el proceso en estas condiciones.

Perdomo afirmó que «no uno está obligado a hacer lo imposible, el Consejo no puede celebrar elecciones en estas condiciones, no habrá manera, dudo que alguno de ellos haya actuado en grupo celebrar elecciones, pero se decidió que más que eso carecía de sentido.

Sentencia TC/0788/24, declarada No según la Carta Magna, artículos 156 y 157 de la Ley de Régimen electoral, ya que requiere independencia candidatos que aspiren a un grupo político establecido conforme a la ley de partidos. El TC eliminó este requisito.

Mientras Héctor Guzmán, del PRD, argumentó que el fallo se extralimitó y asumió las funciones propias de los legisladores.

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