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El Tribunal de Santiago de Cuba sentencia a dos jóvenes por tenencia y cultivo de marihuana

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Ambos juicios fueron catalogados por las autoridades como "ejemplares" y se situaron dentro de las acciones del régimen cubano para endurecer el enfrentamiento al uso de drogas ilícitas.

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MIAMI, Estados Unidos. – La Sala de Delitos Contra la Seguridad del Estado del Tribunal Provincial Popular de Santiago de Cuba sentenció esta semana a dos jóvenes a penas de ocho y nueve años de privación de libertad, respectivamente, por delitos relacionados con el consumo y tráfico de cannabis sativa (marihuana).

Ambos juicios fueron catalogados por las autoridades como “ejemplares” y se situaron dentro de las acciones del régimen cubano para endurecer el enfrentamiento al uso de drogas ilícitas.

En el primer caso, un joven de 28 años, originario de Baire, fue sancionado a nueve años de cárcel tras ser acusado de comercializar marihuana y cannabinoides sintéticos en varios consejos populares del municipio Contramaestre. Según la nota publicada en la página de Facebook del Tribunal, el imputado fue detenido el 1 de julio de 2024 durante un operativo mientras viajaba en un autobús entre Palma Soriano y Contramaestre. En su poder fueron encontrados “dos envoltorios tipo bombón, con 3,56 gramos de marihuana y 1,83 gramos de cannabinoide sintético”.

La acusación se basó en el artículo 235.1 inciso a) del Código Penal cubano, que prevé sanciones de entre cuatro y diez años de privación de libertad por delitos vinculados al tráfico de drogas. De acuerdo con el Tribunal, “quedó probado que el acusado se dedicaba a la comercialización de las referidas drogas” y que mantenía vínculos con otros individuos “controlados por el tráfico y cultivo de marihuana”.

Como sanciones adicionales, se le impuso la prohibición de salida del país, la privación de ciertos derechos y el decomiso tanto de las sustancias como del dinero supuestamente generado por su venta.

En el segundo caso, otro joven de 29 años fue condenado a ocho años de prisión por el cultivo de una planta de marihuana de 1,50 metros de altura y la posesión de 286,7 gramos de hojas secas en su vivienda, ubicada en El Brujo, kilómetro 10 y medio de la carretera de Siboney. Las autoridades indicaron que el imputado había sido “monitoreado por los oficiales de enfrentamiento a las drogas” desde agosto de 2024, y que se dedicaba al cultivo “con el objetivo de obtener ganancias ilícitas”.

El Tribunal señaló que se trató de un “juicio oral y público” llevado a cabo en el marco del llamado “Ejercicio de enfrentamiento a las drogas que se desarrolla en todo el país”, una campaña nacional que ha sido criticada por su uso de medidas desproporcionadas. A pesar de que la marihuana no figura entre las sustancias más adictivas o letales según estándares internacionales, las autoridades cubanas consideran su posesión, cultivo o comercialización como una amenaza a la seguridad del Estado.

Ambas publicaciones del Tribunal resaltan que “se cumplieron las garantías procesales y el respeto al debido proceso consagrado en la Constitución de la República de Cuba y en la Ley del Proceso Penal”, aunque organizaciones defensoras de derechos humanos han cuestionado la transparencia e imparcialidad del sistema judicial cubano, sobre todo en causas vinculadas a delitos considerados sensibles por el régimen.

Tanto los sancionados como la Fiscalía tienen el derecho a apelar las decisiones judiciales. Sin embargo, en un contexto marcado por la represión, la falta de independencia judicial y la penalización del consumo personal, estos procesos refuerzan la política de castigo severo frente a delitos menores, en lugar de adoptar enfoques centrados en la salud pública y los derechos individuales.

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