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Se endurece la pena por generar imágenes con IA de otros: esto fue lo que aprobó la SCJN

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Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

CIUDAD DE MÉXICO.- Con un voto dividido de cinco a cuatro, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este lunes una modificación del Código Penal de Quintana Roo que permite aplicar sanciones más severas a cualquier delito donde se utilice Inteligencia Artificial (IA).

La reforma, aprobada en abril de 2024, fue impugnada por el Poder Ejecutivo Federal, el cual solicitó su anulación al considerar que violaba el principio de taxatividad en el ámbito penal, o sea, la necesidad de que las normas sean claras y específicas.

Según el Ejecutivo, la falta de una definición precisa de “Inteligencia Artificial” generaba incertidumbre jurídica.

La disposición en cuestión, incluida en el artículo 20 Bis del Código Penal de Quintana Roo, estipula que:

Quien use la Inteligencia Artificial como herramienta o medio para cometer delitos contemplados en este Código Penal, se le aumentarán las penas previstas hasta en una mitad más”.

La ministra Loretta Ortiz presentó un proyecto que respaldaba la petición del Ejecutivo Federal, argumentando que la reforma debía invalidarse. Sin embargo, la mayoría del Pleno optó por mantener la modificación, al considerar que ofrece suficiente claridad para su aplicación.

Este no es el primer pronunciamiento de la Corte sobre temas relacionados con Inteligencia Artificial. En resoluciones anteriores, el tribunal ya había validado sanciones penales en contextos específicos, como la creación y difusión de contenido sexual en el estado de Sinaloa.

No obstante, la resolución de este lunes sienta un precedente de mayor alcance, ya que permitirá agravar las penas en cualquier delito donde se emplee IA, dejando en manos de los tribunales la tarea de definir su aplicación en cada caso concreto.

El Código Penal de Quintana Roo define la Inteligencia Artificial de la siguiente manera:

Se entenderá por Inteligencia Artificial la capacidad de los sistemas tecnológicos, informáticos, softwares o aplicaciones de una máquina para simular las capacidades humanas como el razonamiento, el aprendizaje, la creatividad, la capacidad de planear y procesar datos para la realización de tareas específicas y autónomas”.

Durante la sesión, la ministra Margarita Ríos Farjat defendió la redacción de la norma al declarar:

Me parece que es una definición clara que permite al juez penal verificar si se aplica la agravante; si esperamos a que exista una definición unívoca aceptada a nivel mundial, que por cierto esta me parece que no contradice lo que internacionalmente hay, entonces nunca protegeremos a las personas del mal uso de la Inteligencia Artificial”.

Otros integrantes de la mayoría resaltaron que la reforma no crea un delito nuevo, sino que introduce una agravante de carácter general para los delitos ya existentes.

Por su parte, en la minoría, el ministro Alberto Pérez Dayán manifestó que el problema radica en el uso mismo del término “Inteligencia Artificial”, ya que, en su opinión, su exclusión no habría impedido aplicar la agravante, evitando así posibles confusiones.

Aunque la mayoría de los ministros votó a favor de la validez de la reforma, no se consiguieron los ocho votos necesarios para invalidarla.

En consecuencia, la presidenta de la Corte, Norma Piña, propuso que el único resolutivo de la sentencia fuera declarar desestimada la acción del Ejecutivo Federal, lo cual fue aprobado por el Pleno.

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