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Litigios poselectorales en RD: El TSE pospone audiencia para la corrección de actas

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Santo Domingo.- Casi un año después de las elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo de 2024, todavía hay litigios por resolver en los tribunales de la República Dominicana.

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Santo Domingo.- Casi un año después de las elecciones presidenciales y congresuales del 19 de mayo de 2024, todavía hay litigios por resolver en los tribunales de la República Dominicana.

En esos comicios, el presidente Luis Abinader fue reelegido con un 57.46 % de los votos emitidos.

Este miércoles, el Tribunal Superior Electoral (TSE) pospuso para el lunes 26 de mayo la audiencia correspondiente al proceso de corrección de actas del Colegio Electoral 0090, situado en el recinto Básica Las Palmas, distrito municipal Hatillo, municipio San Cristóbal.

Este proceso fue enviado al TSE mediante la sentencia TC/1060/24, emitida el 30 de diciembre de 2024 por el Tribunal Constitucional (TC) y recibida por el TSE el 15 de abril de 2025.

Durante la audiencia de este miércoles, el TSE conoció varios pedimentos formulados por las partes, con el fin de preparar el expediente para su fallo.

En primer lugar, el Tribunal rechazó un informativo testimonial presentado por la representación del recurrente, José Antonio Tamárez Espinosa, al considerar que el proceso debe basarse en pruebas escritas o documentales.

Por lo tanto, dicho medio probatorio carecería de la fuerza suficiente para influir en la convicción del tribunal al momento de decidir, especialmente tratándose de un procedimiento delimitado por una sentencia del TC que condiciona los elementos a ser valorados.

Así lo explicó el presidente del TSE, magistrado Ygnacio Camacho Hidalgo, tras la deliberación del pleno sobre este punto.

En segundo lugar, el Tribunal aceptó un pedimento de la Junta Central Electoral (JCE), parte recurrida, que solicitó un plazo para preparar sus medios de defensa y revisar las piezas contenidas en el expediente TSE-01-0009-2025.

En tercer lugar, el pleno del TSE ordenó un intercambio recíproco de documentos entre las partes, para que sean incorporados al expediente procesal en la próxima audiencia.

Finalmente, el Tribunal ordenó a la JCE que, en el mismo plazo otorgado para el intercambio de documentos, informe sobre la conservación de la valija correspondiente al Colegio Electoral 0090, objeto del litigio.

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