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Batalla musical en redes: Eminem reaviva el debate

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La música no solo acompaña, emociona y conecta: también genera negocios millonarios y complejos dilemas legales en la era digital.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

La música no solo acompaña, emociona y conecta: también genera negocios millonarios y complejos dilemas legales en la era digital. Así lo demuestra la reciente demanda de Eight Mile Style, la editorial que representa al cantante Eminem, contra Meta, la empresa detrás de Facebook e Instagram, por permitir el uso de más de 240 canciones del rapero en contenido sin licencia dentro de sus plataformas.

Este caso reabre un debate global que afecta a artistas, sellos discográficos y plataformas digitales: ¿qué ocurre con la música que se utiliza en reels, tiktoks o historias? ¿Cómo se retribuye económicamente a los dueños de las canciones?

El Premio Nobel de economía, Herbert A. Simon, explicó que “una gran cantidad de información crea pobreza de atención”. En un mundo sobrecargado de información, la atención humana se convierte en el recurso más escaso y valioso.

Las plataformas digitales entienden muy bien esta realidad. Servicios como TikTok, YouTube, Instagram o Facebook basan su modelo de negocio en monetizar la atención: el volumen de las ventas de publicidad es directamente proporcional al tiempo que retienen a los usuarios consumiendo contenido.

Y aquí la música juega un papel clave: los videos y fotos acompañadas de canciones populares capturan más atención, generan mayor interacción y viralidad.

Cuando los usuarios utilizan canciones, con o sin autorización, las plataformas monetizan el tráfico asociado mediante publicidad. Precisamente aquí radica el foco de la demanda presentada por la editorial de Eminem, alegando que Meta ha explotado comercialmente el atractivo de sus canciones sin contar con las licencias necesarias, generando ingresos indirectos a costa de los titulares de derechos.

Las plataformas no son actores pasivos en este modelo. De hecho, han construido bibliotecas de audio dentro de sus aplicaciones para facilitar que los usuarios agreguen música a sus creaciones. Además incentivan el uso de canciones populares, haciéndoles saber a los usuarios que tiene un impacto en el incremento de visualizaciones.

Aunque los usuarios no pagan por utilizar las canciones en sus videos y fotos, las plataformas convierten la atención que esos videos atraen en beneficios económicos y, en este sentido, los artistas y titulares de derechos reclaman que, si sus obras son parte del contenido que sostiene el negocio publicitario de estas plataformas, deben ser justamente compensados.

Esta tensión se conoce como “value gap” o brecha de valor. La industria musical argumenta que plataformas como YouTube o TikTok han logrado construir audiencias globales en torno a la música, pero devolviendo retornos mínimos a los creadores en comparación con otros medios.

Según el Global Music Report 2018 de la Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI), en 2017 los servicios de contenido subido por usuarios como YouTube, registraron la mayor audiencia mundial de música en línea (1,300 millones de usuarios), pero devolvieron apenas $856 millones a los titulares de derechos. En contraste, las plataformas de streaming de audio, con menos usuarios (272 millones), generaron pagos por $5,600 millones.

La causa, sostiene IFPI, radica en lagunas legales y acuerdos desventajosos que permiten a algunas plataformas pagar cifras muy inferiores por el uso masivo de obras musicales.

Como reacción, grandes discográficas han endurecido su postura. Universal Music Group, por ejemplo, retiró temporalmente su catálogo de TikTok en 2021 y, en los años 2023-2024, se negó a renovar licencias hasta lograr mejores condiciones de participación en los ingresos.

Ante este panorama, las plataformas están empezando a blindarse. Algunas de las medidas más visibles incluyen: filtros automáticos que bloquean videos con música no autorizada; acuerdos globales de licencias con grandes discográficas y limitaciones geográficas, es decir, canciones disponibles solo en países donde existen acuerdos vigentes.

Al mismo tiempo, comienza a consolidarse una tendencia hacia modelos de reparto de ingresos: si un usuario utiliza música en su contenido, una parte de la monetización va al artista. También se discuten posibles licencias colectivas que permitan cierto uso no comercial de canciones en contenidos de usuarios, siempre bajo condiciones claras.

Un elemento clave es avanzar en transparencia: que los propios artistas y titulares puedan decidir en qué condiciones y tipos de contenidos no comerciales sus obras pueden ser utilizadas.

El caso de Eminem es más que una demanda millonaria. Representa un punto de inflexión sobre cómo regular el uso de obras en la era digital.

Las próximas decisiones judiciales y los acuerdos globales que se negocien marcarán el camino de un modelo que necesita encontrar equilibrio: establecer que los artistas sean justamente compensados sin sofocar la enorme vitalidad creativa que aportan millones de usuarios cada día en las plataformas digitales; que además funciona como promoción para los mismos artistas.

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