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Santo Domingo. – La Junta Central Electoral (JCE) renovó su alerta a los partidos políticos, agrupaciones y movimientos sobre las consecuencias de comenzar actividades de proselitismo fuera de los plazos fijados por la ley, advirtiendo que esas acciones podrían resultar en la no admisión de las candidaturas involucradas.
A través del presidente del órgano electoral, Román Jáquez Liranzo, les recordó a los aspirantes y partidos que en febrero de este año la JCE emitió un comunicado en el que advertía sobre intentos de precampaña adelantada detectados en varios puntos del país, y ratificó que el organismo mantiene una postura firme respecto al cumplimiento riguroso de los tiempos electorales.
“De manera tajante, nosotros como Junta Central Electoral reiteramos esa advertencia, ese comunicado donde la sanción principal es la que establece el artículo 78, numeral 8, de la Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos”, dijo Jáquez al referirse a las acciones que podrían tomarse.
Dicho artículo indica que incurrir en proselitismo fuera del período permitido constituye una falta grave que puede llevar a la no admisión de la candidatura, si así lo decide la JCE tras el proceso correspondiente.
Jáquez explicó que si al momento de presentar las candidaturas se comprueba que hubo promoción indebida antes del tiempo legalmente permitido, estas podrán ser sometidas a evaluación por la unidad administrativa sancionadora de la JCE, que tendrá la potestad de declarar su inadmisibilidad electoral.
“Es decir, que al momento de ser presentadas estas candidaturas, corren el riesgo de que la Junta Central Electoral, después de la evaluación correspondiente, determine su inhabilitación”, puntualizó el presidente del organismo.
La advertencia adquiere importancia en el contexto actual, donde comienzan a observarse movimientos de promoción política anticipada en todos los partidos políticos importantes del sistema.
La Ley núm. 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos establece de forma clara los plazos para la realización de actividades proselitistas, reservando la etapa de precampaña para un tiempo definido previo a las primarias o convenciones internas y el período de campaña para después de proclamadas las candidaturas oficiales.
Sanciones ejemplares
No hay un precedente de inhabilitación de candidaturas por parte de la JCE en su historia democrática reciente. En el pasado proceso electoral, igualmente se emitieron varias advertencias desde la JCE sin que ninguna de ellas tuviera efecto.
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