Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.
El Plan Básico de Salud ofrece varios servicios cubiertos por el Catálogo de Prestaciones del Plan de Servicios de Salud (PDSS).
El PDSS comprende todos los grupos de servicios que debe asegurar un Plan Básico de Salud, con limitaciones en los detalles de la cobertura, los procedimientos y la forma de proveer los servicios, según el documento compartido por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL).
En resumen, abarca:
a) Atenciones para la promoción de la salud y prevención de enfermedades.
b) Servicios odontológicos.
c) Servicios de consulta ambulatoria.
d) Estudios diagnósticos ambulatorios y bajo hospitalización.
e) Cirugías.
f) Coberturas relacionadas con el parto y la cesárea.
g) Hospitalización.
h) Medicamentos ambulatorios.
i) Rehabilitación.
j) Coberturas de alto costo como tratamiento de Cáncer, Diálisis, trasplante Renal y Cirugías de alta complejidad y costos.
Lee más: Guía rápida: cómo elegir el seguro de salud ideal en República Dominicana
Estas son las cinco preguntas más comunes sobre el tema:
¿Cuál es la diferencia entre el Plan Básico de Salud (PBS) y el Plan de Servicios de Salud (PDSS)?
El Plan Básico de Salud (PBS) es el conjunto de servicios de atención y reconocimientos económicos a los que tienen derecho todos los afiliados a los Regímenes Contributivo, Contributivo-Subsidiado y Subsidiado; se considera una visión general de los derechos a la salud dentro del Seguro Familiar de Salud.
Mientras que el Plan de Servicios de Salud (PDSS) es una forma de implementación del Plan Básico, haciendo más explícito y viable el proceso de financiamiento de los beneficios adquiridos.
¿Por qué mi seguro no cubre la mayoría de los medicamentos que me receta mi médico?
La cobertura del seguro se basará en los medicamentos aprobados y registrados en el catálogo de prestaciones del PDSS.
¿Qué debo hacer si me quieren cobrar de más al momento del alta médica?
Ante cualquier inconveniente con el servicio, rechazo o cobro directo superior a lo establecido, el afiliado debe, en primer lugar, comunicarse con la ARS, con el objetivo de verificar los montos que debe pagar.
En caso de inconformidad con la respuesta de la ARS o ante la falta de respuesta, deberá contactar a la Dirección de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA) o directamente a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) a través de sus canales de servicio: Oficina de Atención al Usuario, Redes Sociales, Call Center, Puntos GOB.
¿Cada ARS tiene un catálogo de coberturas diferente?
No, para el Plan Básico de Salud existe un único catálogo de servicios, aprobado y actualizado mediante las Resoluciones del Consejo Nacional de la Seguridad Social. Los catálogos adicionales o distintos que puedan tener las ARS pertenecen a Planes Voluntarios.
¿Cómo es el proceso para añadir más beneficios al catálogo?
La Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL) es responsable de enviar al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) propuestas para modificar, actualizar o añadir nuevos beneficios al catálogo. El CNSS evalúa junto a sus miembros con capacidad de voto y emite, mediante resolución, las inclusiones o actualizaciones.
También leer: ¿Qué cubre el Plan Básico de Salud, y qué pide el CMD incluir?
Agregar Comentario