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Montevideo.- Un proyecto de ley busca extender el régimen de donación de órganos que rige para los adultos en Uruguay tanto a los menores como a los incapaces judicialmente declarados.
La iniciativa, presentada por el senador Martín Lema, del opositor Partido Nacional, pretende introducir modificaciones en una ley que en 2012 había alterado ciertas disposiciones relativas a la donación y trasplante de células, órganos y tejidos.
“El cambio de paradigma que comenzó en 2013 fue muy positivo y sería oportuno ampliarlo, considerando a los niños que aguardan un trasplante”, indicó el legislador en sus redes sociales.
La ley actual establece que toda persona mayor de edad que, en pleno uso de sus facultades, no haya manifestado su rechazo a ser donante por alguna de las formas establecidas en esta “se presumirá que ha dado su consentimiento a la extracción de sus órganos, tejidos y células en caso de fallecimiento, con fines terapéuticos o científicos”.
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El nuevo proyecto agrega que, en el caso de menores de edad o incapaces declarados judicialmente, la presunción será aplicable si alguno de sus representantes legales o judiciales no ha expresado oposición por alguna de las formas establecidas en la ley.
En la exposición de motivos presentada, Lema enfatizó que la donación de órganos “es un acto altruista, voluntario y gratuito, considerado el mayor acto de generosidad entre seres humanos”.
En 2024, Uruguay alcanzó una tasa de 19,43 donantes por millón de habitantes, liderando el ranking regional por encima de países como Argentina y Brasil, según datos del Ministerio de Salud Pública del país sudamericano.
“Nos enorgullece que Uruguay sea el país de América Latina con mayor cantidad de donantes y trasplantes, donde muchos pacientes salvan sus vidas o mejoran su calidad gracias a los trasplantes quirúrgicos”, detalló el senador.
Lema recordó también que una de las mejoras significativas de la ley que entró en vigor en 2013 fue adoptar en la legislación interna el “consentimiento presunto o tácito”, mediante el cual si una persona mayor de edad no manifiesta oposición se convierte en donante de órganos.
Sin embargo, señaló que en esa ocasión la ley excluyó de la presunción de consentimiento a los menores de edad e incapaces, por lo que actualmente el consentimiento para la ablación de órganos debe ser otorgado por su representante legal en el momento del deceso.
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