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Miami. — El gobierno de Donald Trump decidió dar un giro a la estrategia contra el narcotráfico, con una táctica que consiste no ya en detener y decomisar, sino en “atacar y eliminar”. Sin embargo, expertos cuestionan la legalidad de estas medidas.
Este martes, Trump anunció que fuerzas estadounidenses atacaron una supuesta lancha narcotraficante en el Caribe en la que murieron 11 personas que, aseguró, pertenecían al Tren de Aragua, una organización criminal que la administración actual de Estados Unidos designó Organización Terrorista Extranjera, y quienes, afirmó, transportaban “toneladas de droga” para “envenenar” a los estadounidenses.
Jaime Ortiz, abogado internacionalista, dijo a EL UNIVERSAL que “si la inteligencia confirmó que la embarcación transportaba drogas y operaba bajo una organización designada terrorista, el uso de fuerza letal en alta mar puede considerarse una medida preventiva legítima. La Maritime Drug Law Enforcement Act otorga jurisdicción extraterritorial para interdicciones contra narcotráfico, incluso en aguas internacionales, cuando existe un vínculo con EU. En esta situación, la acción no solo es legal, sino necesaria para proteger a la población estadounidense de una amenaza transnacional que combina crimen organizado y terrorismo. Limitarse a interceptar y arrestar podría haber puesto en riesgo a las fuerzas de abordaje y permitido que la carga llegara a su destino, perpetuando el ciclo de violencia y tráfico ilícito”.
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Brian Finucane, asesor sénior del Programa de Estados Unidos del International Crisis Group, escribió en un artículo en Just Security, una publicación digital sobre derecho y política, que “el presidente puede ordenar el uso de la fuerza militar en virtud de (1) una autorización del Congreso para el uso de la fuerza/declaración de guerra o (2) la autoridad inherente que le confiere el artículo II de la Constitución, normalmente en su calidad de comandante en jefe de las Fuerzas Armadas de EU”.
En este caso, dijo, todo indica que la base de acción del gobierno es el artículo II. Sin embargo, añadió, “a pesar de calificar a los objetivos como ‘narcoterroristas’, no existe ningún argumento plausible por el que la principal autoridad legal de la denominada ‘guerra contra el terrorismo’ de EU — la Autorización para el Uso de la Fuerza Militar de 2001 — avale la acción militar contra la entidad criminal venezolana Tren de Aragua”.
Recalcó que “cuando el presidente de EU ordena ciertas acciones militares sin autorización previa del Congreso, dichas acciones deben ser comunicadas al Congreso en virtud de la Resolución sobre los poderes bélicos de 1973. Cuando las fuerzas armadas de EU se ven envueltas en ‘hostilidades o en situaciones en las que las circunstancias indican claramente una participación inminente en hostilidades’, el presidente no solo debe informar de la acción al Congreso en un plazo de 48 horas, sino que debe poner fin a dicha acción militar en un plazo de 60 días, a menos que el Congreso vote a favor de autorizarla”. Nada de eso ha ocurrido hasta el momento.
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Un portavoz de la Casa Blanca expresó, a pregunta de The Independent, que “el ataque ordenado por el presidente se llevó a cabo en defensa de los intereses nacionales vitales de Estados Unidos y en autodefensa colectiva de otras naciones que por mucho tiempo han sufrido debido al tráfico de drogas y a las actividades violentas de los cárteles de las drogas”, dijo.
Pero Adam Isacson, director de supervisión de defensa del grupo de investigación y defensa Washington Office on Latin America, indicó al mismo medio que “no hay ninguna prueba de que se tratara de un acto de legítima defensa. Parece más bien una masacre de civiles en el mar”. Según él, “aunque llevaran drogas a bordo, eso no es un delito capital”. Acotó que el uso de fuerza letal contra civiles en aguas internacionales “es un crimen de guerra si no se trata de legítima defensa”.
Ortiz coincidió. Desde la perspectiva del derecho internacional, indicó, “la destrucción de una embarcación en alta mar sin autorización del Estado de pabellón [la bandera de identidad] ni mandato del Consejo de Seguridad de la ONU podría constituir una violación del principio de jurisdicción exclusiva del Estado de pabellón, recogido en la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar. Si se prueba que las personas a bordo no eran combatientes ni representaban una amenaza inminente, podría argumentarse que se trató de una ejecución extrajudicial”.
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Eso abre nuevas vías. Según Ortiz, se podría presentar una denuncia “ante la Corte Penal Internacional por crímenes de guerra o crímenes de lesa humanidad, siempre que el Estado denunciante y/o el acusado sean parte del Estatuto de Roma o que el Consejo de Seguridad remita el caso. Aunque la viabilidad procesal dependería de factores políticos y de jurisdicción, la base jurídica para iniciar acciones existe y podría ser utilizada por un Estado que busque responsabilizar penalmente a los autores materiales e intelectuales de la operación; cosa que no creo que suceda”.
Bajo la convención de la ONU, los países acuerdan no interferir con los buques que operan en aguas internacionales, excepto en casos como una “persecución en caliente”, en la que un buque es perseguido desde las aguas de un país hasta alta mar. Pero ello no autoriza a “eliminar” la amenaza. “Se puede recurrir a la fuerza para detener un barco, pero, por lo general, deben ser medidas no letales”, afirmó el profesor Luke Moffett, de la Universidad Queen’s de Belfast, a la cadena BBC.
La operación efectuada el martes resulta tanto más problemática dado que la única fuente es el gobierno de EU. Es éste el que dice que la lancha transportaba drogas, que quienes iban a bordo eran narcos de una organización terrorista. Cuestionado sobre las bases a partir de las cuales se decidió lanzar este ataque, el secretario estadounidense de Estado, Marco Rubio, se limitó a señalar que la “información de inteligencia” permitió concluir que se trataba de narcoterroristas que representan una “amenaza a la seguridad nacional” de EU.
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El problema, subrayan expertos, es que quienes viajan en este tipo de lanchas no son los líderes de los cárteles, sino, por lo general, el personal más abajo en la línea de mando del narco. Ahora, son tratados de la misma manera que EU lo hizo en su momento con el jefe de la Guardia Revolucionaria iraní, Qassem Soleimani.
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