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El presidente Luis Abinader promulgó el decreto 517‑25, con el que declara estado de emergencia nacional para las adquisiciones y contrataciones de bienes, servicios y obras destinadas a ampliar el potencial de generación, mitigar la variabilidad de la red eléctrica, cubrir la demanda del Sistema Eléctrico Nacional Interconectado (SENI) y reforzar el almacenamiento de energía, asegurando la continuidad y la seguridad del suministro eléctrico, así como la disminución de pérdidas técnicas y no técnicas de las compañías distribuidoras de energía.
Asimismo, se ordena la ampliación de la generación eléctrica mediante la incorporación de nuevas plantas térmicas de rápida respuesta, que podrán ser contratadas, gestionadas u operadas, de forma directa o indirecta, por las distribuidoras Edesur Dominicana (Edesur), Edenorte Dominicana (Edenorte), la Empresa Distribuidora de Electricidad del Este (Edeeste), la Empresa de Generación Eléctrica Punta Catalina (Egepc) y la Empresa de Generación Hidroeléctrica Dominicana (Egehid).
De igual modo, la medida contempla la planificación, contratación, construcción e instalación de plataformas de almacenamiento eléctrico autónomas (stand‑alone) o bancos de baterías, en los centros de generación que se incorporen mediante contratación, gestión u operación directa o indirecta por parte de las distribuidoras.
El decreto también dispone la adquisición de equipos, repuestos, materiales y facilidades para la prestación del servicio de distribución, transformación, medición y facturación del suministro eléctrico, así como la contratación de proyectos de rehabilitación y ampliación de las redes de distribución, convenios para la reducción de pérdidas y acuerdos para la gestión de la demanda de usuarios no regulados, con el objetivo de recortar las pérdidas técnicas y no técnicas.
El Poder Ejecutivo autorizó, además, la contratación de servicios de consultoría, asesoría, asistencia técnica, servicios legales, diseños, análisis financieros, estudios de ingeniería y geología o de impacto ambiental, necesarios para ejecutar las compras y contrataciones declaradas de emergencia bajo este decreto.
Se establece que todos los procesos de adquisición deberán ejecutarse con la rapidez que exige la situación de emergencia, con la finalidad de dotar al SENI de capacidad adicional firme, flexible y de rápida respuesta, que garantice la continuidad y estabilidad del suministro eléctrico. Estas contrataciones se realizarán conforme a la Constitución y la normativa vigente, y su gestión tendrá que llevarse a cabo a través del portal de la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP).
Se fija la presentación de un informe a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas dentro de los quince días calendario posteriores a la satisfacción de la necesidad generada por la emergencia. El Gabinete Eléctrico será el encargado de coordinar la aplicación del decreto.
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