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El portavoz de la bancada del PRM, el senador Moisés Ayala, desestimó la solicitud de los empleadores de traspasar los permisos de trabajo de extranjeros al Ministerio de Trabajo.
Por segunda vez, el Senado de la República ratificó ayer de forma definitiva la propuesta que busca modificar la Ley 16-92 del Código de Trabajo, lo que implica que la decisión de remitirla o no al Poder Ejecutivo para su promulgación recaerá en la Cámara de Diputados.
A pesar de que el documento elaborado por el Gobierno y ajustado en la Cámara Alta incorpora diversos “avances”, según sostienen los senadores, los debates se concentraron en las “recomendaciones” y “observaciones” planteadas de manera constante por los representantes del sector empresarial del país.
Desde impulsar una variación en el cálculo de la cesantía, hasta demandar mayor facilidad en el proceso para poder contratar más extranjeros en las industrias agrícolas (donde la mayoría de los obreros son de origen haitiano), estas fueron algunas de las peticiones presentadas al Congreso Nacional.
Sin embargo, esto no generó una respuesta favorable por parte de los senadores, quienes optaron por conservar inalterados estos puntos, desatendiendo las sugerencias manifestadas por los sectores productivos, a través del Consejo Nacional de las Empresas Privadas (CONEP), la Confederación Patronal de la República Dominicana (Copardom) y otras entidades.
Precisamente, el vocero de la facción del Partido Revolucionario Moderno (PRM), el senador Moisés Ayala, rechazó la demanda de los empleadores de transferir la potestad estipulada en el artículo 145 del marco legal vigente, que permite al “Poder Ejecutivo” otorgar permisos “en exceso de la proporción”.
Este acápite se refiere al límite del 80% de empleados dominicanos y el 20% de asalariados inmigrantes que deben cumplir los patronos.
“Hay que mantenerlo, no considero que deba transferirse al Ministerio de Trabajo. Podríamos tener un ministro que desee favorecer a un sector o a un colectivo, creo que es una responsabilidad que compete al Poder Ejecutivo…”, manifestó Ayala al conversar con periodistas del LISTÍN DIARIO, momentos antes de que la pieza legislativa fuera aprobada.
El presidente del Senado, Ricardo de los Santos, compartió esta opinión al responder las interrogantes de este medio.
“Esas son facultades que deben preservarse en el Poder Ejecutivo, directamente en la Presidencia, que el presidente de la República sea el autorizado para que, cuando haya que hacer esas exenciones, pues se realicen…”, aseveró De los Santos.
En una de las misivas enviadas al Senado, el CONEP intentó establecer un límite de 10 salarios mínimos para el cálculo de las prestaciones laborales que se entregarían a los empleados, entre otras cosas.
De igual forma, propusieron sustituir su implementación por otras alternativas, entre las que se mencionan el seguro, un fondo o la aplicación de un promedio salarial, para reemplazar el mandato actual, que exige tomar como base la remuneración recibida. No obstante, ninguna de estas propuestas fue asumida por los 32 senadores.
Entre las modificaciones más comentadas se destaca la del artículo 163 en su párrafo I, que plantea un acuerdo mutuo que defina el día de descanso para el empleado, no limitándose únicamente a los domingos.
Además, se incluye la regulación del teletrabajo y de las labores domésticas, las cuales pasarían a estar normadas, y se amplía la licencia por paternidad para los hombres de dos a cuatro días.
Los trabajadores que realicen actividades de seguridad, manejo de maquinarias o equipos peligrosos, transporte público, así como aquellos que tengan contacto con niños, enfermos u otras poblaciones vulnerables, “tendrían la obligación de someterse” a pruebas de detección de estupefacientes.
También se extiende el tiempo de licencias por matrimonio, fallecimiento de allegados, paternidad con cobertura “al 100 %”, y maternidad, con un mínimo de 14 semanas pagadas.
Esta versión, a la espera de ser conocida en la Cámara Baja, “ampara” a la mujer embarazada del despido durante la gestación, la maternidad y los tres meses posteriores, y se regulan las condiciones para jornadas extendidas, horarios flexibles y contratos atípicos, priorizando el consenso entre las partes y la notificación al Ministerio de Trabajo.
Adicionalmente, con la culminación del proceso legislativo en este órgano, quedó definitivamente descartada la modificación al artículo 228 sobre las propinas, realizada por la comisión especial, donde los congresistas buscaron imponer el pago de un 10 % de gratificación, sin importar que la compra se efectuara a través de una plataforma tecnológica.
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