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Cámara de Diputados da luz verde a legislación renovada contra la extorsión en México

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CIUDAD DE MÉXICO.- La Cámara de Diputados avaló la noche del martes el proyecto de decreto devuelto por el Senado para crear la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en Materia de Extorsión.

Con 409 votos a favor, 33 en contra y una abstención, el Pleno aprobó el texto que emite dicha ley, la cual estipula hasta 42 años de cárcel en escenarios de extorsión.

Ahora el ordenamiento pasará a las legislaturas locales para su ratificación, luego de lo cual la mandataria Claudia Sheinbaum publicaría el acuerdo en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

El nuevo marco legal contra la extorsión penaliza a quien, sin tener derecho, fuerce a otra persona a dar, ejecutar, abstenerse de hacer o permitir algo, obteniendo así un beneficio o provecho para sí o para un tercero o causando a alguien un detrimento patrimonial, afectación moral, física o psíquica.

Las penas por este ilícito serán de 15 a 25 años de prisión y una multa que va de 300 a 500 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

La propuesta inicial consideraba sentencias de seis a 15 años de reclusión, las cuales fueron modificadas y elevadas durante su análisis por el Senado.

Otros ajustes efectuados en el Senado incluyen modificar la redacción para incorporar la exigencia a las autoridades de proceder “con pleno respeto a los derechos humanos”.

De igual forma, se estipula que las fiscalías, tanto federales como estatales, deben disponer de áreas especializadas, personal ministerial y policial entrenado, valorado y certificado en delitos de extorsión.

Es importante aclarar que las dependencias encargadas de indagar el secuestro asumirán estas responsabilidades hasta que entren en funcionamiento las nuevas unidades enfocadas en casos de extorsión.

La legislación también contempla incrementos en las condenas en situaciones que agravan el delito, por ejemplo, si la extorsión es facilitada por funcionarios públicos o personal de instancias penitenciarias.

En supuestos donde una autoridad consienta o ayude la extorsión se añaden de tres a cinco años adicionales a las sentencias mínimas de 15 años y máximas de 25.

Cuando los servidores públicos responsables de la prevención, investigación y persecución de delitos, así como de la administración de justicia o vigilancia en reclusorios omitan reportar actos de extorsión ante el Ministerio Público, las penas serían de 10 a 20 años extras de cárcel.

La sanción será de seis a 12 años de prisión para aquellos que introduzcan sin permiso a penales o centros de internamiento para menores de edad cualquier aparato electrónico capaz de emitir datos, voz o imágenes mediante cualquier tecnología.

Respecto a la aplicación de los recursos económicos obtenidos de procedimientos de decomiso o extinción de dominio derivados de casos de extorsión, se precisa que estos se orientarán preferentemente a la reparación de los agravios a las víctimas.

Luego de su ratificación en la Cámara de Diputados, la organización ARTICLE 19 manifestó su preocupación por los riesgos para comunicadores, medios de comunicación y opositores a causa de la ambigüedad del texto en ciertos apartados.

El artículo 15 de la Ley de Extorsión define la conducta punible como “obligar a un tercero a consentir algo” que origine un perjuicio moral, psicológico o económico, pero no requiere comprobación de coerción o violencia.

Alertan que cualquier funcionario gubernamental podría alegar que un reportaje periodístico le causó “afectación moral” e imputar extorsión al reportero.

El artículo 17 establece que existe extorsión cuando se utilice cualquier medio o plataforma para difundir información de cualquier índole.

Debido a su falta de precisión, esta sección podría abarcar toda actividad periodística, desde entrevistas hasta publicaciones en redes sociales.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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