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Santo Domingo. – La Fundación Institucionalidad y Justicia (FINJUS) alertó que la propuesta de modificación al Código Procesal Penal (CPP), que actualmente se analiza en la Cámara de Diputados, incluye disposiciones que podrían menoscabar libertades fundamentales, potenciar la autoridad del Ministerio Público e incrementar la discrecionalidad de los jueces, lo cual contraviene la Constitución y las pautas internacionales en materia de derechos humanos.
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En una misiva dirigida al titular de la Cámara Baja, Alfredo Pacheco, y rubricada por su vicepresidente ejecutivo, Servio Tulio Castaños Guzmán, la organización destacó que varias de las enmiendas aprobadas por el Senado “representan retrocesos considerables en cuanto a libertades y supervisión judicial”.
FINJUS expresó particular inquietud por el artículo 238 del nuevo articulado, que extiende de tres a ocho los escenarios en los que cabe imponer prisión preventiva.
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Esta medida, que en principio debía ser “un último recurso”, podría aplicarse de forma casi automática ante situaciones amplias o basadas en valoraciones, como “amenaza para la sociedad” o “incidente grave”, incluso sin evidencia individualizada de riesgo procesal.
“La adición de estas causales hace que la prisión preventiva se convierta en una acción casi rutinaria, socavando su carácter de ‘última opción’ y violando la regla de proporcionalidad establecida en el artículo 40.9 de la Constitución”, previno FINJUS, que también advierte sobre el efecto que esto tendría en el hacinamiento penitenciario y en la presunción de inocencia.
La fundación recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha determinado que la detención precautoria solo debe aplicarse cuando sea estrictamente necesaria y con una justificación específica, citando casos como Suárez Rosero vs. Ecuador y Bayarri vs. Argentina.
Otro aspecto clave señalado por FINJUS es el artículo 196, el cual rige las escuchas telefónicas.
El proyecto alarga el plazo de esta medida de 60 a 90 días y permite su reactivación indefinida, además de suprimir la limitación que restringía su uso a delitos de entidad.
FINJUS considera que estas modificaciones disminuyen la fiscalización judicial y expanden de forma peligrosa el ámbito de vigilancia estatal, lo que podría vulnerar el derecho a la privacidad y al secreto de las comunicaciones, resguardados por el artículo 44 de la Constitución y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
La entidad también cuestionó los artículos 146, 151 y 377, que reemplazan los términos fijos por un criterio de “plazo razonable” y extienden el desarrollo del proceso penal hasta seis años.
De acuerdo con el análisis, esta redacción traslada la predictibilidad hacia parámetros subjetivos y podría utilizarse para justificar aplazamientos estructurales bajo el argumento de la complejidad del litigio.
“Implementar criterios subjetivos sin límites normativos podría resultar inconstitucional si se interpreta de manera extensiva”, cita FINJUS, recordando las decisiones TC/0602/25 y TC/0740/24, donde el Tribunal Constitucional precisó que cualquier extensión debe ser extraordinaria y debidamente fundamentada.
El informe también critica que el nuevo CPP disminuye las salvaguardas judiciales sobre las determinaciones del Ministerio Público, particularmente en los artículos 273 y 285.
El primero anula la prerrogativa del querellante para subsanar fallas de forma o recurrir la inadmisión de una querella, mientras que el segundo posibilita el archivo de investigaciones hasta por cuatro años sin supervisión judicial ni el cese automático de las medidas coercitivas.
Según FINJUS, esto concentra un poder excesivo en el Ministerio Público y socava la tutela judicial efectiva, impactando directamente en los derechos de las partes afectadas.
El documento además advierte sobre la eliminación del propósito definido de la audiencia preliminar (art. 303) y la acotación de las facultades de apelación (art. 439).
FINJUS subraya que al anular la posibilidad de ordenar una nueva vista, el proyecto quebranta el principio del doble examen jurisdiccional, convirtiendo la apelación en un simple trámite de ratificación.
La organización reconoce que la reforma se encuentra en un proceso de discusión “vivo y constructivo”, pero solicitó al presidente de la Cámara de Diputados facilitar un espacio de intercambio técnico con la comisión que estudia el texto, con miras a debatir propuestas de mejora.
FINJUS estima que esta revisión regulatoria debe ser una ocasión para fortalecer la confianza ciudadana en el sistema judicial y no para minarla.
“Esta reevaluación normativa es una oportunidad para robustecer la credibilidad ciudadana en las instituciones de justicia, afianzar la certidumbre jurídica y avanzar hacia una política criminal moderna, sensata y que respete los derechos humanos”, finaliza la misiva firmada por Servio Tulio Castaños Guzmán.















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