El policía que haya sido sancionado disciplinariamente tres o más veces en los últimos cinco años por faltas muy graves será desvinculado del servicio activo y no podrá volver a pertenecer a la Policía Nacional.
Cuando el oficial, mando intermedio o agente patrullero cumpla con los requisitos para acceder a la pensión, esta situación se considerará un retiro forzoso. Si no tiene derecho a la pensión, se le reconocerán los derechos prestacionales correspondientes, conforme a lo establecido en el apartado de seguridad social de esta ley.
Estas son las disposiciones del Poder Ejecutivo para la transformación de la institución encargada de velar por el orden, las cuales fueron recibidas por el Senado de la República.
El Proyecto de Reforma de la Ley Orgánica de la Policía Nacional también detalla el uso de la fuerza en el artículo 161, que establece que dicha acción “será de conformidad con las normas y estándares nacionales e internacionales relacionados con el uso de la fuerza”.
Además, señala que el Consejo Superior Policial, mediante reglamento, regulará los aspectos relativos a un sistema táctico básico del uso de la fuerza, la clasificación de las armas menos letales, su empleo, armas de fuego, procedimientos frente a la disolución de manifestaciones no pacíficas, y equipos mínimos de intervención de Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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