Actualidad

Stephora Joseph falleció debido a una asfixia mecánica, según reveló la autopsia

8992102286.png
Veinticinco días transcurrieron para conocer la causa preliminar de la muerte de Stephora Ann-Merci Joseph.

Veinticinco días transcurrieron para conocer la causa preliminar de la muerte de Stephora Ann-Merci Joseph. Según el informe 552-2025 del Instituto Nacional de Ciencias Forenses, fechado el 19 de noviembre, la causa de muerte fue “asfixia mecánica por ahogamiento”, tratándose de una muerte violenta.

De etiología médico legal indeterminada, el mecanismo de la muerte fue insuficiencia respiratoria, y la forma en que se produjo fue rápida.

En el documento no se establece la hora exacta de la muerte, ya que aunque el relato fáctico del ministerio público indica que los hechos comenzaron a las 9:45 de la mañana, el levantamiento del cadáver se realizó a las 2:05 de la tarde.

Según el ministerio público, “a las 9:44 de la mañana, la víctima se adentró en la piscina, caminando confiada, la cual no contaba con ningún tipo de señalización, y al llegar a la mitad, se percató de que el nivel del agua era diferente y de inmediato comenzó a hundirse y a hacer señas de auxilio con los brazos, muestra de que se estaba ahogando”.

El escrito del órgano acusador continúa explicando que “a las 9:45, la menor de edad realizó estos actos de desesperación, luchando por tomar aire, por mantenerse a flote, por sobrevivir”.

En la solicitud de medida de coerción se establece que “mientras se estaba ahogando, la imputada Francisca Josefina Tavarez Vélez caminaba por el borde de la piscina, justo al lado de la víctima, y se desplazaba sin siquiera voltear la cara; en cambio, se dirigió a la parte de la piscina donde está el jacuzzi y habló con unos niños que estaban allí, regresando a la zona del gazebo y pasando nuevamente al lado de la víctima, sin que nada le llamara la atención. Esto evidencia una extrema falta de cuidado y la forma negligente e irresponsable en que las imputadas supervisaron el área de la piscina”.

El cuerpo de la niña ahogada permaneció en el fondo de la piscina durante 30 minutos, según el análisis pericial del Departamento de Crímenes y Delitos de Alta Tecnología (Dicat), hasta que otro menor detectó el cuerpo de Stephora, que ya había subido, y fue quien la ayudó a sacarla.

“Se ahogó, se ahogó”, gritaba el menor, mientras llamaban a la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel.

En su relato se establece que durante esos 31 minutos la imputada Vilma Altagracia Vargas Morel utilizaba su teléfono celular, sin observar lo que sucedía, todo esto captado por las cámaras de seguridad del lugar.

TRA Podcast Studios

Posteriormente, permanecía conversando con la imputada Francisca Josefina Tavarez Vélez, “sin realizar una revisión de los menores que se encontraban dentro de la piscina”.

El expediente revela un detalle estremecedor: cuando un empleado de la hacienda y varios estudiantes insistieron en llamar al 911 a las 10:20 am, la imputada Francisca Tavarez respondió: “No. Están llamando a la directora”.

Primero se llamó al colegio, no al sistema de emergencias. Tampoco se informó a la madre de inmediato; la llamaron 1 hora y 25 minutos después de la muerte para decirle que su hija estaba vomitando.

Cuando finalmente se activó el 911, Stephora ya había fallecido.

A la madre, que llegó poco después de las 12 del mediodía, le dijeron que su hija estaba viva y bajo cuidados médicos; sin embargo, ella ya sabía que estaba muerta, información que se le comunicó cuatro horas después de estar en la entrada de la hacienda.

Durante ese tiempo, entraron unidades del DICRIM, del SWAT y una ambulancia… pero nadie salió a hablar con ella.

En su relato, el ministerio público tampoco establece qué se hizo con la niña desde las 10:20 hasta las 2:05 de la tarde, cuando se realizó el levantamiento del cadáver.

El documento detalla que el colegio organizó la actividad llamada “Agasajo Guardia de Honor”, violando la Orden Departamental 09-2009, que prohíbe terminantemente excursiones y actividades recreativas en ríos, playas, lagos y piscinas.

A pesar de la prohibición, el centro aprobó la actividad, coordinada por las imputadas, para 87 estudiantes de entre 10 y 18 años, incluyendo a Stephora.

El lugar escogido fue Hacienda Los Caballos, un espacio que, según el informe de la Defensa Civil, no contaba con salvavidas, señalización, rutas de evacuación ni protocolos de emergencia.

Aunque los padres debían firmar una autorización para el uso de la piscina, el colegio nunca preguntó si los niños sabían nadar.

“Mi hija no sabía nadar. Yo pensaba que era una piscina para niños. No me dieron detalles”.

Un grupo de niños la vio ahogándose y no hizo nada.

En el audiovisual se puede observar cómo un grupo de al menos cinco niños la ve mientras ella levanta las manos pidiendo ayuda en el momento en que se está ahogando; ellos la señalan, pero nadie pide ayuda. De hecho, se dirigen a otros puntos de la piscina sin avisar a las maestras ni a ningún otro personal presente.

La Fiscalía de Santiago presentó la solicitud de medida de coerción contra cuatro integrantes del equipo directivo y docente del colegio Leonardo Da Vinci, acusadas de homicidio involuntario, abandono y maltrato a menores:

Yris del Carmen Reyes Adames, directora administrativa del instituto Leonardo Da Vinci; Gisela Altagracia de las Mercedes González, coordinadora general y asesora del equipo directivo; Francisca Josefina Tavarez Vélez, orientadora; y Vilma Altagracia Vargas Morel, coordinadora del nivel secundario.

El Ministerio Público sostiene que las cuatro imputadas actuaron con torpeza, negligencia e imprudencia extrema, incumpliendo su deber de cuidado y violando normas nacionales.

La calificación jurídica que ha dado el ministerio público es homicidio involuntario (art. 319 CP), abandono y maltrato a menores (art. 351-2 CP) y violación al Código de Niños, Niñas y Adolescentes (Ley 136-03). Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

TRA Digital

GRATIS
VER