Fuente: Hoy Digital
Impactos de la política comercial estadounidense y sus efectos en el orden multilateral
El daño atribuido a la política comercial de Estados Unidos se centra casi exclusivamente en la imposición de aranceles y el rechazo al sistema multilateral. Sin embargo, la opinión pública suele creer que estas restricciones no afectan ni distorsionan los tratados comerciales o procesos de integración económica, incluso aquellos firmados con la misma potencia norteamericana.
La realidad del multilateralismo económico
Es incorrecto asumir lo anterior. Aunque la violación de compromisos arancelarios afecta gravemente al sistema multilateral, estas infracciones no agotan las responsabilidades asumidas dentro de la Organización Mundial del Comercio (OMC).
Los tratados comerciales y, en general, las iniciativas de integración económica solo prosperan si cuentan con el reconocimiento de los países que “no” los firman. Es decir: las preferencias o concesiones, cuando no se extienden a todos los miembros de la OMC, tienen carácter discriminatorio y por ende excepcional, debiendo cumplir ciertos requisitos y ser aprobadas de manera multilateral. En particular, entre naciones desarrolladas y en desarrollo, el sistema multilateral no acepta negociaciones sobre preferencias limitadas o parciales; estas deben cubrir aspectos sustanciales [JG3] del comercio bilateral (al menos, [JG4] zonas de libre comercio).
Consecuencias de abandonar el multilateralismo
Cuando Estados Unidos ignora el orden multilateral, genera daños en cadena. Las invitaciones a otros países para establecer acuerdos parciales bajo la promesa de eliminar aranceles arbitrarios y otras restricciones son engañosas.
Estos “acuerdos” provocan incertidumbre porque, al apartarse de los formatos establecidos por la OMC, condicionan el cumplimiento a la voluntad unilateral del país desarrollado. Mientras tanto, las contrapartes menos desarrolladas carecen de bases multilaterales para exigir un trato justo o reclamar internacionalmente en caso de conflicto. Esto se evidenció en comunicados de la Casa Blanca del 13 de noviembre de 2025 que anunciaron la conclusión exitosa de negociaciones bilaterales con Argentina, Ecuador, El Salvador y Guatemala.
Entre las cláusulas contrarias a las normas multilaterales destacan las referentes a subvenciones y propiedad intelectual. Por otro lado, los compromisos sobre captura
y manipulación de datos en la economía digital evidencian no solo incumplimientos a las reglas de la OMC sino también su insuficiencia actual.
Política industrial
“(Argentina; El Salvador; Guatemala) se ha comprometido a abordar posibles prácticas distorsionadoras relacionadas con empresas estatales y a corregir subvenciones industriales que puedan afectar la relación comercial bilateral”.
Estas declaraciones bilaterales entre Estados Unidos y Argentina, Guatemala y El Salvador pasan por alto el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias (ASMS) de la OMC. Esta omisión no es fortuita, dado que los tratados multilateralmente negociados respetan los requisitos del ASMS. Específicamente: (a) no todos los incentivos estatales son sancionables, al menos deben limitarse a sectores definidos; (b) deben ocasionar un daño grave o significativo a productos similares en el país importador; (c) es indispensable probar existencia de subvención, perjuicio y causalidad para justificar medidas compensatorias.
Propiedad intelectual
Las cancillerías de Argentina y Ecuador aceptan como fuente normativa interna estadounidense que permite represalias comerciales frente a políticas nacionales consideradas adversas para intereses estadounidenses. Por ello, ambos gobiernos latinoamericanos “se han comprometido” a atender asuntos señalados en dictámenes administrativos internos emitidos por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos.
Este reconocimiento implica renunciar a los márgenes de maniobra previstos en el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual Relacionados con el Comercio (ADPIC), especialmente respecto a protección sanitaria, nutricional y fomento a innovaciones tecnológicas para el bienestar social.
Además: en el caso argentino se deberán considerar “criterios de patentabilidad, retrasos en trámites de patentes e indicaciones geográficas, así como (…) trabajar para armonizar su régimen de propiedad intelectual con estándares internacionales”. Así, Argentina acepta sin previa discusión multilateral que su régimen sobre propiedad intelectual no está alineado con normas internacionales.
Aunque no se mencionan objetivos sectoriales específicos, Estados Unidos busca capturar mercados biofarmacéuticos mediante prórrogas indefinidas de patentes basadas en modificaciones menores consideradas inventivas (evergreening).
Este rigor contrasta con su indiferencia hacia la propiedad intelectual al captar información extranjera para entrenar modelos generativos de inteligencia artificial (IA). El doble estándar queda claro al rechazar las medidas adoptadas por Unión Europea y Brasil que prohíben a corporaciones transnacionales manipular datos personales de sus residentes.
Economía digital
Como ejemplo, cuatro declaraciones incluyen cláusulas que presagian un futuro conflictivo para los países latinoamericanos firmantes. Estos se comprometieron con EUA a “facilitar el comercio digital” (Ecuador y El Salvador); a no discriminar “productos estadounidenses distribuidos digitalmente garantizando libre transferencia segura de datos transfronterizos” (Guatemala); y a reconocer a Estados Unidos como “jurisdicción adecuada conforme a legislación argentina para transferencias de datos incluidos personales” (Argentina).
Exceptuando la moratoria temporal sobre derechos aduaneros a transmisiones electrónicas vigente en la OMC, las demás obligaciones asumidas carecen de base multilateral.
El gobierno estadounidense respalda estrategias corporativas globales que monopolizan el mercado digital mundial. En este sentido, fragmentos citados reflejan cómo se explota la vulnerabilidad regional para proteger poblaciones frente a riesgos derivados de desinformación y manipulación personal mediante un falso principio de “no discriminación”. En Europa se ha señalado que ante posiciones dominantes norteamericanas las sanciones aplicadas por prácticas abusivas no pueden considerarse discriminatorias.
Los países latinoamericanos deberían expresar su postura para restaurar reglas multilaterales y defender espacios propios en políticas industriales e propiedad intelectual, así como regular internacionalmente actividades disruptivas como economía digital e inteligencia artificial. Sin una reorganización adecuada del sistema multilateral, las naciones periféricas seguirán sufriendo acoso por confrontaciones geopolíticas y voracidad corporativa.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.










Agregar Comentario