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Inversión superior a RD$13,800 millones para mantener fija la tarifa eléctrica

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La Superintendencia de Electricidad informó que el monto fue asignado durante septiembre, octubre y noviembre de 2025.

Fuente: Listin diario

La Superintendencia de Electricidad informó que el monto fue asignado durante septiembre, octubre y noviembre de 2025.

El FETE (Fondo para la Estabilización de la Tarifa Eléctrica), subsidio al sector eléctrico establecido en 2003 para proteger a los sectores vulnerables de los elevados costos de energía derivados del aumento en el precio del petróleo, cerró esos tres meses de 2025 con un total de RD$13,823.7 millones.

Esta información, contenida en la resolución SIE-176-2025-TF-, indica que la tarifa eléctrica se mantiene sin cambios. Asimismo, se pone a disposición pública las tablas tarifarias por consumo para el trimestre enero-marzo 2026, junto con las tarifas de compras y referencias, con el fin de ofrecer transparencia al proceso.

Desde hace aproximadamente cuatro años, el Gobierno destina al FETE el incremento generado en los costos de compra de energía por parte de las empresas distribuidoras. Este subsidio ha permitido mantener estables las tarifas para los usuarios del servicio eléctrico nacional, a pesar de que esa fluctuación está contemplada en el Pacto Eléctrico. En los primeros cuatro meses de 2024, el monto alcanzó RD$30,800 millones y superó los RD$100,000 millones al cierre del mismo año.

Durante septiembre, octubre y noviembre de 2025, algunos cargos por energía reflejaron precios más bajos, mientras que otros incrementaron los costos para las EDES; estas empresas reciben el subsidio creado para beneficiar al 80% de los clientes que consumen menos de 700 kilovatios hora mensuales.

Ministerio de Obras Publicas

La mencionada resolución consta de ocho artículos: en el primero se recalca que no habrá variaciones; el segundo lo confirma; y el tercero presenta la tabla tarifaria con las tarifas de referencia y transición que aplicarán Edesur, Edeeste y Edenorte para sus clientes en categorías BTS-1, BTS-2, BT, BTH, MTD-1, MTD2 y MTH.

El cuarto artículo establece los precios correspondientes al cargo fijo según rangos de consumo hasta 100 kWh y a partir de 101 kWh, así como los cargos por energía, entre otros aspectos.

Además, incluye el cuadro tarifario aplicado al circuito aislado de Pedernales.

El experto José Luis Moreno San Juan, investigador del Instituto de Energía de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (IUASD), confirmó esta información y señaló que por ahora no se ha aprobado ningún ajuste tarifario en el FETE; solo se ha recomendado mostrar el costo real y cuánto se subsidia para que los consumidores estén informados sobre el precio de la energía y puedan modificar sus hábitos de consumo.

“Por eso siempre se menciona el valor indexado y el valor aplicado; la diferencia corresponde al FETE”, explicó este especialista en energía.

En abril de 2022, la SIE emitió la resolución SIE-021-2022-TF siguiendo lo establecido en el Pacto Eléctrico para impactar las tarifas residenciales con un incremento del 9%. Esa medida también afectó a los clientes del circuito aislado operado por Edesur en Pedernales con consumos entre 0 y 300 kilovatios hora.

En esa ocasión, las facturas para clientes BTD (con potencia máxima) incluyeron un cargo fijo mensual aplicable incluso sin consumo y un cargo por energía calculado multiplicando los kWh consumidos por su precio unitario.

Las facturas correspondientes a clientes BTS1 (residencial) y BTS2 (comercial) consideran un cargo fijo mensual variable según el consumo del cliente. Las tarifas BTH (Baja Tensión Horaria) y MTD1, MTD2 y MTH también incluyen cargos fijos tanto por energía como por potencia.

El Fondo para la Estabilización de la Tarifa Eléctrica (FETE) surge como resultado de la diferencia entre el precio al que las EDE venden la energía a los usuarios finales y el costo al que adquieren esa energía a las Empresas Generadoras.

La diferencia entre las tarifas Baja Tensión (BT), Baja Tensión Simple (BTS) y Baja Tensión con Demanda (BTD) radica en la carga eléctrica conectada a la red: si es superior a 10 kW corresponde la tarifa BTD; si es menor, la BTS.

La tarifa Media Tensión con Demanda Uno (MTD1) aplica a grandes consumos residenciales o comercios medianos y grandes. Otras tarifas son Baja Tensión con demanda horaria (BTH) y Media Tensión con Demanda Horaria (MTH).

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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