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Multas establecidas en la reciente ley de Contrataciones Públicas que comienza a aplicarse este miércoles

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La ley número 47-25 cuenta con 248 artículos, frente a los solo 80 de la anterior ley 340-06.

Fuente: Nalphy Martínez/nalphy_martinez@listindiario.com

Cambios significativos incluyen hasta cinco años de prisión para funcionarios y legisladores que negocien con el Estado

Luego de 180 días desde su promulgación y publicación, la nueva Ley de Contrataciones Públicas entrará en vigor este miércoles 28 de enero, reemplazando la antigua normativa de Compras y Contrataciones vigente desde 2006.

La ley número 47-25 cuenta con 248 artículos, frente a los solo 80 de la anterior ley 340-06. Esta reforma fue debatida en el Congreso Nacional desde 2021 con el propósito de revolucionar las compras estatales y garantizar un control más eficiente de los recursos públicos.

Ministerio de Obras Publicas

El presidente Luis Abinader y Carlos Pimentel, director de Contrataciones Públicas, oficializaron su promulgación desde la sede del organismo el 28 de julio de 2025.

La nueva ley impone controles más rigurosos y sanciones severas, buscando que los procesos sean más confiables, transparentes e inclusivos, lo que favorece una mejor administración de los servicios estatales.

Entre las modificaciones más sobresalientes se encuentra la aplicación de penas de hasta cinco años de cárcel para funcionarios y legisladores que realicen negociaciones con el Estado, extendiendo esta medida a empresarios y contratistas implicados en actos corruptos durante los procesos contractuales. Además, se contemplan multas equivalentes a entre veinte y cincuenta salarios del sector público, conforme al artículo 234.

También contempla sanciones similares para servidores públicos que incurran en conductas como falsificación en declaraciones juradas, búsqueda de beneficios personales o acuerdos prohibidos relacionados con las contrataciones.

Esta reforma amplía el alcance institucional del régimen de compras públicas, incorporando a órganos del Poder Judicial y Legislativo, entidades constitucionales y autónomas, fideicomisos públicos, empresas estatales con participación pública y corporaciones de derecho público que administran fondos públicos.

Digitalización

La Dirección General de Contrataciones Públicas será responsable de administrar una plataforma tecnológica oficial denominada Tienda Virtual, donde estarán disponibles los productos o servicios que las instituciones deben adquirir. Para apartarse de este mecanismo será necesaria autorización previa.

El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas se establece como una herramienta obligatoria para la ejecución, gestión, supervisión y control integral de los procedimientos contractuales públicos, cubriendo desde la planificación hasta el pago y liquidación de los contratos.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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