Fuente: Listin diario
El repertorio completo de la impunidad se agotó en estos casos: retiro de acusación por parte del Estado, indultos presidenciales, sentencias de “no ha lugar” y absoluciones por “insuficiencia de pruebas”.
Los procesos Peme, Renove, Sun Land y Odebrecht, que giraron en torno al uso indebido de recursos públicos para comprar la “paz social”, los sobreprecios en la adquisición de vehículos y las complejas redes de sobornos internacionales, se diluyeron con el paso del tiempo en los tribunales nacionales.
En ellos se agotó todo el catálogo de la impunidad: retiro de acusación por parte del Estado, indultos presidenciales, sentencia de “no ha lugar” y absoluciones basadas en la “insuficiencia de pruebas”.
Estos procesos evidencian un patrón recurrente en la justicia dominicana que sostiene la percepción popular de que, cuando el poder está involucrado, la justicia tiende a desvanecerse.
Peme: el manual del desistimiento
El caso PEME (Programa Eventual Mínimo de Empleo) puede considerarse como el ejemplo instructivo de cómo un expediente masivo por corrupción puede desaparecer en las cortes.
Con un fraude al Estado valorado en RD$1,427 millones, constituye el ejemplo más claro de la llamada “impunidad negociada”.
Esta iniciativa, creada durante el primer mandato de Leonel Fernández (1996-2000), tenía como objetivo mitigar las protestas sociales mediante ayudas económicas a jóvenes de zonas conflictivas.
Aunque fue procesado durante el gobierno de Hipólito Mejía, en 2007 hubo un cambio radical cuando el fiscal del Distrito Nacional, José Manuel Hernández Peguero, retiró los cargos contra Diandino Peña, Haivanjoe Ng Cortiñas, Simón Lizardo y el empresario Noe Camacho Ovalles alegando falta de pruebas.
Sin embargo, bajo instrucciones del exprocurador general Radhamés Jiménez Peña, inicialmente se mantuvieron las acusaciones contra Luis Inchausti, su hermana Grecia Peguero y León Antonio López Mata.
Posteriormente, el Ministerio Público decidió retirar los cargos durante el juicio principal y el tribunal ordenó el archivo definitivo del caso.
El Plan Renove: De la condena al indulto
Creado durante el gobierno de Hipólito Mejía (2000-2004) para renovar la flota del transporte público, el Plan Renove terminó en un proceso judicial que involucró a altos funcionarios y empresarios por irregularidades superiores a RD$1,800 millones.
En 2005 se impusieron penas entre seis meses y cuatro años de prisión a 10 de los 14 acusados, entre ellos Pedro Franco Badía, Fabio Ruiz, Casimiro Ramos y Antonio Marte, bajo cargos de prevaricación, desfalco y asociación ilícita.
Tras varios años de apelaciones y una confirmación de las condenas en 2008, el cierre del caso no fue judicial sino político.
El 22 de diciembre de 2008, el presidente Leonel Fernández concedió un indulto mediante el decreto 847-08 a los principales condenados invocando razones de “paz social” ante amenazas de paros nacionales por parte del sector transporte.
Sun Land y el blindaje legal por inadmisibilidad
Lo que inició como un préstamo sin autorización legislativa se convirtió en una muestra clara del uso del tecnicismo jurídico.
En 2006, la Oficina Supervisora de Obras del Estado (OISOE) firmó 19 pagarés con Sun Land Group por US$130 millones para obras públicas sin pasar por el Congreso Nacional.
La Suprema Corte de Justicia declaró inadmisible una acción presentada por el Partido Revolucionario Dominicano (PRD) y el Foro Social Alternativo.
Aunque reconoció la inconstitucionalidad del contrato, bloqueó su análisis alegando falta de “calidad” procesal de los demandantes.
El precedente Félix Bautista
En esta línea está también la decisión del entonces juez Alejandro Moscoso Segarra, quien emitió un auto de “no ha lugar” a favor del senador Félix Bautista y seis implicados más.
El magistrado sostuvo que no podía iniciarse una nueva persecución por hechos ya investigados (principio Non bis in idem), beneficiando a todo el grupo a pesar de la solicitud de prisión preventiva formulada por el Ministerio Público.
Odebrecht: Absolución total
Aunque fue un escándalo a nivel continental, en República Dominicana el caso Odebrecht tuvo un desenlace especialmente decepcionante. Se trata del capítulo más reciente dentro esta serie de procesos que se diluyen.
A pesar de que la multinacional confesó haber pagado US$92 millones en sobornos en territorio nacional, el expediente se desmoronó judicialmente.
De una lista inicial con 14 imputados destacados, sólo dos recibieron condenas iniciales (Ángel Rondón y Víctor Díaz Rúa), quienes fueron sentenciados a ocho y cinco años respectivamente por jueces del Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional; fallo confirmado luego por la Tercera Sala Penal en apelación.
No obstante, la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte anuló esa decisión y absolvió tanto a ellos como al abogado Conrado Pittaluga al determinar que no hubo violaciones a derechos fundamentales.
Esta resolución fue apelada ante el Tribunal Constitucional (TC) por fiscales especializados en corrupción administrativa (PEPCA).
Sin embargo, el TC ratificó la absolución siguiendo los argumentos presentados por la Segunda Sala Penal que señalaban que no se logró identificar ni individualizar a los funcionarios presuntamente beneficiados con sobornos.
La ausencia de auditorías forenses exhaustivas y la exclusión de figuras clave garantizaron que la red detrás del pago ilícito permaneciera casi intacta.
Mientras casos recientes como Calamar, Coral, Camaleón y aquel vinculado al ex procurador Jean Alain Rodríguez avanzan en los tribunales, las experiencias pasadas recuerdan que en este país tanto el tiempo como el poder siguen siendo los mejores defensores legales.
Involucrada en caso Coral
Otro caso es el de Rosa Antonia Disla, imputada en Coral pero separada del proceso principal; ella recibió una sentencia absolutoria dictada por el Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional.
Disla fue acusada como testaferro de su hijo coronel Rafael Núñez de Aza, implicado junto con otros como el mayor general Adán Cáceres y la pastora Rossy Guzmán en este entramado corrupto.
El tribunal adoptó esta decisión tras rechazar la petición fiscal que exigía cinco años de prisión para ella; dicha resolución contó con un voto disidente entre sus miembros.
Cabe mencionar que antes este mismo tribunal había sentenciado a Rosa Antonia Disla a cinco años suspendidos; sin embargo, esta condena fue anulada por la Primera Sala Penal de Apelación y ordenó realizar un nuevo juicio que culmina ahora con su absolución.
La acusación contra Disla se basaba en supuestas vinculaciones con lavado de activos mediante una propiedad en Monte Plata y su participación en las empresas Rawell Importadores y Randa Comercial señaladas como proveedoras estatales.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.








Agregar Comentario