Fuente: Listin diario
La DGCP defiende la legalidad de los procesos del SNS y asegura que no fueron cerrados
La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) afirmó ayer que las contrataciones para servicios de nutrición y diálisis realizadas por el Servicio Nacional de Salud (SNS) no representan un uso indebido de mecanismos excepcionales, sino el empleo legítimo, necesario y conforme a la ley de la figura de exclusividad, en un contexto con oferta estructuralmente limitada de proveedores.
En un comunicado oficial, el organismo precisó que los procedimientos del SNS no se llevaron a cabo de forma cerrada. “Por el contrario, dicha institución implementó mecanismos de publicidad y apertura, incluyendo convocatorias para manifestación de interés, permitiendo así que posibles oferentes expresaran su intención de participar. Esta herramienta, lejos de restringir la competencia, busca confirmar la existencia efectiva de proveedores en el mercado”.
La DGCP se pronunció tras la publicación del reportaje titulado “El otro Senasa: nutrición y diálisis, RD$13 mil millones bajo contratos de excepción en el SNS”, difundido por el periódico Panorama, señalando que en dicho trabajo se ofrecen interpretaciones que distorsionan la naturaleza jurídica de los procedimientos de exclusividad y pueden generar percepciones erróneas sobre su legalidad y alcance.
Aunque el reportaje menciona que el SNS utilizó “procesos de excepción”, es fundamental aclarar que estas acciones no son discrecionales ni arbitrarias, sino la aplicación del régimen de exclusividad contemplado en la Ley Núm. 340-06 y en el artículo 3 del Reglamento de Aplicación Núm. 543-12, que reconoce procedimientos especiales para contratación en casos excepcionales según la naturaleza del bien o servicio.
Presentar estas contrataciones como prácticas irregulares resulta no solo impreciso, sino que desvirtúa el marco legal vigente durante la ejecución de estos procesos.
El numeral 5 del artículo 3 del referido Reglamento establece que los bienes o servicios con exclusividad son aquellos susceptibles de ser ofrecidos únicamente por un número reducido de proveedores, lo cual obliga al Estado a adaptar los procedimientos a esa realidad limitada. Por ende, la exclusividad no es un mecanismo para evadir la competencia, sino una herramienta legal diseñada precisamente para asegurarla dentro del contexto restringido de proveedores calificados.
Carlos Pimentel, director general de la DGCP, calificó como técnica y jurídicamente incorrecta la aseveración que sostiene que la modalidad de exclusividad “impide la licitación abierta” bajo el argumento de que “solo un proveedor puede suministrar el bien o servicio”.
Comentó que las normativas aplicables (Ley Núm. 340-06 y su Reglamento Núm. 543-12) no condicionan la exclusividad a la existencia única de un proveedor, sino a comprobar que el bien o servicio solo puede ser ofrecido por un número limitado de oferentes con capacidad técnica instalada, diferencia sustancial.
“En servicios integrales como nutrición clínica y diálisis, esta modalidad no responde a una elección arbitraria sino a condiciones y demandas del mercado, entre ellas alta especialización, infraestructura crítica y requisitos regulatorios que limitan la cantidad de oferentes capaces de brindar estos servicios con seguridad y continuidad”, explicó Pimentel.
En esa línea, el ente rector señaló que los servicios de nutrición parenteral y diálisis corresponden a sectores médicos altamente complejos, con estrictos requerimientos técnicos, logísticos y regulatorios. Los datos recabados por la DGCP evidencian una participación constante limitada en estos procesos, oscilando entre uno (1) y cuatro (4) oferentes incluso en otras modalidades contractuales.
“Por tanto, esperar que estos procesos se desarrollen mediante licitaciones abiertas masivas desconoce la realidad estructural de un mercado especializado y es incompatible con la naturaleza misma de los servicios involucrados. En áreas críticas como diálisis y nutrición clínica, el Estado tiene el deber ineludible de garantizar el derecho fundamental a la salud y a la vida asegurando continuidad, calidad y seguridad en las prestaciones”, subrayó el titular de la DGCP.
Por otra parte, temprano este día, Julio Landrón, director ejecutivo actual del Servicio Nacional de Salud (SNS), informó que ante denuncias relacionadas con un proceso para contratar servicios de nutrición se decidió suspender y desestimar dicho concurso para garantizar transparencia, legalidad y eficiencia en el manejo de recursos públicos.
Landrón explicó que este procedimiento fue iniciado en diciembre de 2025 por el Comité de Compras y Contrataciones del SNS y recibió continuidad institucional bajo su gestión actual.
El funcionario añadió que tras una evaluación técnica y administrativa más profunda se identificaron observaciones y fallas en la ficha técnica original, lo cual motivó formalmente detener hoy el proceso y comunicarlo públicamente.
En consecuencia, ordenó paralizar todos los procesos licitatorios vigentes en la institución —incluyendo los relativos a servicios nutricionales y diálisis— para revisarlos exhaustivamente junto a la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), garantizando así su estricto apego a las normativas vigentes sin afectar el suministro continuo a los pacientes.
Asimismo, el SNS anunció que realizará nuevos concursos para servicios nutricionales directamente en hospitales públicos ajustados a las necesidades específicas de cada centro asistencial; estos estarán acompañados y supervisados por la DGCP para asegurar procesos más eficientes, transparentes y acordes con las demandas de la Red Pública.
Finalmente, la institución reiteró que junto a la Dirección General de Contrataciones Públicas revisarán integralmente todos los procesos de compras y contrataciones reforzando principios fundamentales como transparencia, equidad y libre competencia establecidos en la Ley 340-06 y sus reglamentos.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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