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Nuevas restricciones: quiénes quedan excluidos de contratar con el Estado

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Esta medida fortalece los principios de transparencia, imparcialidad y prevención de conflictos de interés, consolidando una política de tolerancia cero contra la corrupción.

Fuente: Hoy Digital

DGCP implementa nuevo régimen de incompatibilidades para proveedores estatales

Este miércoles, la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) comunicó la puesta en marcha del nuevo régimen de inhabilidades establecido en el artículo 38 de la Ley núm. 47-25, que elimina el límite del 10% en la participación accionaria y fija un esquema de incompatibilidad absoluta para funcionarios y servidores públicos relacionados con empresas proveedoras del Estado.

Esta medida fortalece los principios de transparencia, imparcialidad y prevención de conflictos de interés, consolidando una política de tolerancia cero contra la corrupción.

Aspectos principales

* Inhabilidad absoluta: queda prohibido que cualquier funcionario contrate con el Estado si tiene participación societaria, sin importar el porcentaje.

* Suspensión del RPE: aquellos funcionarios que estén sujetos a estas inhabilidades deben solicitar la suspensión de su Registro de Proveedor del Estado dentro de un plazo de 15 días hábiles.

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* Sanciones: en caso de incumplimiento, la DGCP aplicará la suspensión de oficio conforme al artículo 69 del Reglamento de aplicación.

Funcionarios afectados

Entre los cargos con inhabilidad absoluta se encuentran:

* Presidente y vicepresidente de la República.

* Ministros, viceministros y consultores jurídicos del Poder Ejecutivo.

* Legisladores, magistrados de la Suprema Corte de Justicia y otros tribunales.

* Miembros de la Cámara de Cuentas y de la Junta Central Electoral.

* Alcaldes, regidores, directores y vocales municipales.

* Contralor General y subcontralor de la República.

* Directores y subdirectores generales de entes y órganos públicos.

Igualmente, quedan impedidas las personas jurídicas en las que estos funcionarios tengan participación societaria o ejerzan funciones directivas o gerenciales.

Procedimiento

La solicitud para la suspensión debe realizarse a través del formulario disponible en el sitio institucional de la DGCP, ubicado en la sección marco legal/formularios estándar de servicios/proveedores del Estado.

Con esta disposición, la DGCP reafirma su compromiso con el fortalecimiento del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas (SNCP), protegiendo el interés general y fomentando la confianza ciudadana en la administración pública.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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