Salud

Juez niega permiso de salida del país al exprocurador general Jean Alain

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La magistrada Claribel Nivar Arias explicó que el tribunal no pudo evaluar las pruebas médicas presentadas por la defensa.

Fuente: Listin diario

Tribunal rechaza permiso para que exprocurador viaje a España por motivos de salud

El Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional desestimó la petición de levantar el impedimento de salida del país presentada por la defensa de Jean Alain Rodríguez Sánchez, exprocurador general de la República, quien solicitaba viajar a España para recibir atención médica.

La magistrada Claribel Nivar Arias explicó que el tribunal no pudo evaluar las pruebas médicas presentadas por la defensa. Rodríguez Sánchez tenía previsto acudir a una consulta con el Dr. Juan Carlos Ramírez Fernández en el Hospital Ruber Internacional, perteneciente al Grupo Quirón Salud, ubicado en Madrid.

Actualmente, el exfuncionario sigue bajo medidas restrictivas que incluyen la prohibición de salir del territorio sin autorización judicial y una garantía económica.

Los abogados Carlos Balcácer, Gustavo Adolfo Biaggi Pumarol y Nelys Rivas solicitaron el permiso argumentando un problema de salud preexistente (adenoma en el riñón izquierdo y cálculos renales recurrentes) que requiere evaluación, estudios y tratamiento especializado.

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La resolución número 249-04-2026-SRES-00005, emitida el 20 de febrero, señala que “este tribunal se vio imposibilitado de valorar las pruebas médicas depositadas debido a graves irregularidades procesales, principalmente la ausencia de traducciones oficiales de documentos redactados en idioma inglés”.

De acuerdo con el fallo, parte fundamental del historial clínico y las constancias de citas en hospitales estadounidenses (como el Massachusetts General Hospital) estaban en inglés. El tribunal destacó que según el artículo 137 del Código Procesal Penal, no se puede considerar válida ninguna prueba extranjera sin una traducción oficial realizada por un intérprete autorizado.

“La falta de esta traducción impide confirmar si es una versión válida del documento original… generando dudas esenciales”, indica la sentencia en su página 13.

El tribunal también detectó varias deficiencias en el inventario de pruebas. Se encontró un documento en español que no estaba acreditado como traducción oficial y omitía información clave, como fechas precisas. Además, algunos registros médicos correspondientes a los años 2008 y 2015 no concordaban con el inventario entregado.

Debido a que los documentos fundamentales del historial clínico presentaban vicios, la magistrada presidenta concluyó que no se acreditó legalmente el “presupuesto fáctico”, lo cual invalidó también las pruebas complementarias, como los comprobantes de citas médicas.

La defensa pidió la autorización alegando un empeoramiento progresivo en la salud de Rodríguez desde su arresto en junio de 2021.

Se detalló que en mayo de 2022 sufrió un cuadro agudo de cólico nefrítico que requirió hospitalización urgente.

Uno de los aspectos más delicados expuestos fue el antecedente familiar: el padre del exprocurador padeció una enfermedad renal grave que llevó a la extirpación de un riñón y posteriormente falleció.

Frente a este contexto, los doctores Ana Isabel Chávez y Hamid Feiz recomendaron en enero de 2025 que se realizara una evaluación en centros extranjeros como el Grupo Quirón Salud o la Clínica ROC, ambos situados en España.

La defensa sostiene que este traslado responde a una “necesidad médica imperativa” y no constituye un intento por evadir la justicia.

No obstante, es importante señalar que en España reside actualmente Rafael Stefano Canó Sacco, principal testigo de cargo contra el exprocurador y exjefe de Gabinete de la Procuraduría.

Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.

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