Fuente: Hoy Digital
Apelación anunciada por la defensa de la reconocida bailarina dominicana Mary Louise Ventura Garrido
La defensa de Mary Louise Ventura Garrido, destacada bailarina y maestra de danza dominicana, informó que llevará a apelación la sentencia dictada por el Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Villa Altagracia, en relación con el trágico incidente que involucró a dos figuras emblemáticas de la danza nacional: Ventura y la también célebre artista Patricia Ascuasiati.
El tribunal impuso a Ventura una condena de 10 años de prisión bajo la acusación de homicidio voluntario por hechos ocurridos en febrero de 2022. No obstante, descartó cargos como asesinato y actos de barbarie, así como las demandas civiles presentadas durante el juicio. La sentencia completa será notificada el 30 de abril, fecha a partir de la cual se iniciará el plazo legal de 20 días para presentar el recurso de apelación conforme al Código Procesal Penal.
Postura de la defensa
El abogado Yurosky Mazara, quien lideró la defensa técnica junto a Manuel Domínguez, comunicó que se interpondrá el recurso de apelación. Explicó que incluso antes de recibir la sentencia escrita, ya en las motivaciones orales expuestas por el tribunal durante la audiencia se observaron evidentes contradicciones en la valoración de las pruebas.
“En las motivaciones verbales expresadas por el tribunal se detectan inconsistencias relevantes que deberán ser revisadas por la instancia de apelación. Sostenemos que varias pruebas técnicas esenciales no fueron adecuadamente valoradas.”
Detalles sobre los hechos y pruebas técnicas
Según los informes periciales incorporados al expediente, el incidente ocurrió durante una maniobra involuntaria a muy baja velocidad: el vehículo se desplazó momentáneamente cerca de un segundo sin superar los 10 kilómetros por hora.
La defensa también señaló que el tribunal no evaluó correctamente aspectos importantes relacionados con la evolución médica tras el accidente. Patricia Ascuasiati falleció 23 días después del incidente y, según el certificado médico forense incluido en el expediente, la causa fue un shock séptico derivado del manejo hospitalario luego de múltiples intervenciones quirúrgicas. Mazara indicó que este punto deberá ser analizado con mayor profundidad en la fase de apelación.
Además, durante el proceso se detectaron contradicciones en los testimonios aportados por la parte acusadora, incluyendo declaraciones contradictorias de un supuesto testigo ocular que admitió haber participado en la manipulación del cuerpo de la víctima en el lugar junto a otras personas.
Cinco décadas de amistad y colaboración artística
Durante el juicio, la defensa aseguró que no existía motivo ni antecedentes conflictivos entre ambas artistas. La relación personal y profesional entre Ventura y Ascuasiati abarcó más de cincuenta años en los ámbitos del ballet y las artes escénicas dominicanas. Diversos testimonios presentados confirmaron una relación basada en amistad y colaboración artística desde sus inicios en la danza.
Mary Louise Ventura fue reconocida como Gloria de la Danza Nacional por el Poder Ejecutivo, ejerció como Directora Nacional de la Escuela de Danza y fue Primera Bailarina Absoluta del Ballet Dominicano. Además, es hija del héroe nacional Juan de Dios Ventura Simó.
Por su parte, Patricia Ascuasiati fue una figura clave en el desarrollo contemporáneo de la danza y teatro dominicano, con una amplia trayectoria como bailarina, actriz, coreógrafa y gestora cultural. Ambas contribuciones forman parte del patrimonio cultural dominicano.
Defensa del derecho al recurso
Mazara enfatizó que respetan las decisiones judiciales y el papel institucional de los tribunales, recordando que el derecho a apelar es un componente fundamental del debido proceso.
“Nuestra actuación no pretende establecer un juicio paralelo, sino informar responsablemente sobre el desarrollo del proceso y ejercer los recursos legales correspondientes. Este caso seguirá su curso judicial hasta obtener una resolución plenamente fundamentada en derecho.”
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.








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