Fuente: europa press
Europa Press Andalucía Publicado: martes, 14 abril 2026 14:42 Abrir opciones para compartir IA Seguir en
SEVILLA 14 Abr. (EUROPA PRESS) –
Este lunes 14 de abril, los delegados sindicales de CSIF en el Consorcio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Provincia de Sevilla presentaron una denuncia ante la Gerencia del mencionado Consorcio, amparándose en lo establecido por el artículo 30 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
Según han comunicado desde la entidad, en dicha denuncia solicitan que se ponga fin a la vía de hecho consistente en obligar al personal operativo a permanecer en servicio más allá de la jornada ordinaria de 24 horas “mediante instrucciones verbales y sin acto administrativo expreso dictado por órgano competente”.
Los representantes sindicales de CSIF han indicado que esta situación no es un caso aislado “ni limitado a una sola fecha”, sino que se presenta de manera reiterada, continua y estructural dentro del servicio, constituyendo una incidencia “previsible y recurrente, derivada de deficiencias organizativas en el sistema de relevo”.
En el contexto presentado, el documento dirigido a la Gerencia del Consorcio señala que el último incidente registrado ocurrió el pasado 12 de abril, cuando ante una situación previamente advertida por escrito mediante registro por varios compañeros afectados, el mando operativo realizó una comunicación verbal al personal saliente con carácter expreso y “con claro efecto disuasorio”, expresando textualmente que “la responsabilidad es tuya si te marchas y sucede algo, el juez te puede condenar”.
Por ello, los responsables sindicales puntualizan que “en ningún momento se ha producido negativa por parte del personal a permanecer en servicio si existe una orden legalmente emitida”, habiéndose solicitado formalmente al mando operativo la correspondiente orden, ya sea verbal o escrita, así como su justificación administrativa posterior, petición que fue rechazada por el mando al negarse a emitirla y asumir formalmente esa decisión.
En relación con esto, CSIF ha detallado que ante tales manifestaciones el trabajador expresó claramente que no podía alargar la jornada más allá de las 24 horas y se negó a introducir el equipo de protección individual (EPI) en su vehículo particular, reiterando al mismo tiempo la solicitud para que se emitiera una orden y justificación válidas por parte del órgano competente.
Además, los delegados sindicales destacan que esta problemática ocurre “de manera consecutiva en jornadas sucesivas”, afectando a varios compañeros y habiendo sido previamente informada al Consorcio mediante escritos y registros correspondientes.
A pesar de contar con conocimiento previo formal y explícito sobre esta situación, “la Administración ha omitido implementar medidas organizativas efectivas, permitiendo así la prolongación material de jornadas superiores a 24 horas sin respaldo administrativo adecuado ni garantizando un relevo efectivo del servicio”.
De este modo, dichas manifestaciones forman parte de una práctica que se repite “habitualmente” cuando no se realiza un relevo efectivo, trasladando “sistemáticamente” al personal saliente la responsabilidad de cubrir las carencias estructurales relacionadas con plantilla, organización y recursos materiales.
Según informó la entidad, la persistencia de esta actuación material pese a haber sido denunciada por escrito anteriormente “demuestra una situación de tolerancia administrativa incompatible con el derecho al descanso, la prevención de riesgos laborales y la adecuada organización del servicio público esencial”.
Por consiguiente, esta actuación carece de respaldo jurídico suficiente, ya que se impone materialmente una extensión de jornada superior a 24 horas sin resolución administrativa formal y podría constituir vía de hecho administrativa conforme al artículo 30 de la mencionada Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
En definitiva, CSIF ha anunciado que continuará exigiendo las medidas estructurales necesarias “que aseguren un relevo efectivo del servicio, advirtiendo expresamente sobre el ejercicio de las acciones contencioso-administrativas correspondientes legalmente en caso de persistir la actuación material denunciada”.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.








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