Fuente: Diario La Tribuna
Una dolorosa experiencia en Honduras, marcada por golpes de Estado y 16 años de gobiernos militares que legislaron mediante decretos del “jefe de Estado” militar en Consejo de Ministros, debería ser suficiente para evitar repetir la idea de un poder castrense con predominio institucional. No debe concebirse como un poder paralelo al Ejecutivo ni, si en algún momento resulta incómodo, eliminarlo por la fuerza y quebrar la vida republicana. El modelo antiguo se originó cuando una junta militar depuso una dictadura; posteriormente, se convocó a la elección de una asamblea nacional constituyente que redactó la Constitución de 1957 y otorgó autonomía a las Fuerzas Armadas, con un jefe designado por el Congreso Nacional para un periodo fijo. Esto generó una dualidad práctica entre el poder civil y el militar, con un jefe castrense con legitimidad política propia, limitando el control presidencial sobre las fuerzas armadas y permitiendo que estas actuaran como árbitro político. (Incluso el presidente que negoció esa autonomía fue víctima de un golpe militar). Situaciones similares ocurrieron en otros países latinoamericanos: “Golpes ‘institucionales’, tutela militar, veto castrense a decisiones políticas y autonomía corporativa armada”. Este era el esquema común en las “democracias” sujetas a tutelaje militar.
Las reformas constitucionales de 1999 suprimieron la Jefatura de las Fuerzas Armadas y reemplazaron el mando militar por un Estado Mayor Conjunto, cuyos oficiales son nombrados por el Poder Ejecutivo por tiempo determinado. Esta reforma y la nueva Ley de las Fuerzas Armadas fortalecieron la subordinación del ejército al poder civil y eliminaron la autonomía previamente vigente. Esto responde al principio democrático clásico: las Fuerzas Armadas no constituyen un poder del Estado sino un instrumento del poder civil (modelo adoptado por casi todas las democracias tras regímenes militares). Sin embargo, ahora, ante la insubordinación a la Constitución de un jefe militar que no respeta la ley y desobedece a la autoridad electoral durante los procesos electorales —periodo en que las Fuerzas Armadas deben estar bajo disposición del organismo electoral máximo según la Constitución— algunos políticos pretenden reformar la Carta Magna para retroceder a errores ya superados por la historia. La propuesta legislativa para que el Congreso Nacional elija al jefe del Estado Mayor Conjunto implicaría retirar al presidente su control directo e introducir una legitimación política parlamentaria para dicho mando. Jurídicamente esto equivale a diluir la subordinación al poder civil ejecutivo, puesto que en democracia el Presidente es Comandante General y debe quedar clara la cadena de mando bajo su autoridad.
Si el Congreso selecciona al jefe militar, se fragmenta la cadena de mando: aparece una doble legitimidad y el mando castrense deja de depender estrictamente del Ejecutivo —solo puede ser removido por quienes lo eligieron— con diputados negociando intereses políticos detrás. Esto rompe con la doctrina clásica del control civil. El peligro radica en crear un poder militar sustentado en base política parlamentaria, con respaldo partidario, adquiriendo autonomía frente al Ejecutivo y convirtiéndose en actor político (justamente lo que buscaba evitar la reforma constitucional anterior). Además, esto genera incoherencias constitucionales. Actualmente, el Presidente dirige la política de defensa, es comandante general y las Fuerzas Armadas son obedientes, no deliberantes ni autónomas respecto al poder civil. Que el Congreso nombre al jefe militar introduce dudas: ¿A quién obedece realmente? ¿Quién manda? ¿Quién responde políticamente? Esto crea una ambigüedad peligrosa. En toda América Latina, según derecho constitucional comparado, el jefe militar es nombrado por el Ejecutivo. La Secretaría de Defensa administra el presupuesto castrense, y aunque el Congreso fiscaliza y aprueba ese presupuesto, no debe ejercer mando directo ni indirecto. (Por favor —invoca Sisimite— basta de manipular la Constitución. Si lo que se busca es respetar su perdurabilidad como norma fundamental. —El problema —suspira Winston— no es la Constitución para que sea moldeada como “plasticina” a capricho de los políticos cada cambio administrativo. Si hay falta de respeto hacia ella por parte de oficiales o funcionarios públicos, eso debe perseguirse como delito y sancionarse aplicando la ley).
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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