Fuente: Presidencia de la República Dominicana
La mencionada ley elimina los artículos 156, 157 y 158 de la Ley 20-23, que permitían candidaturas independientes fuera de los partidos políticos reconocidos por las normativas electorales actuales en nuestro país.
Esta disposición surge a raíz de la sentencia TC/0788/24 emitida por el Tribunal Constitucional, la cual declaró inconstitucional el sistema anterior al considerarlo excesivo en cuanto a los requisitos establecidos.
De acuerdo con la ley, las candidaturas para cargos electivos quedan limitadas a partidos, agrupaciones y movimientos políticos, conforme a lo estipulado en la Constitución vigente.
“Los partidos, agrupaciones y movimientos políticos son las únicas formas válidas de participación política, entendida como el proceso para elegir autoridades electivas en las diversas instancias y ramas del gobierno”, señala textualmente el documento.
Este contenido fue hecho con la asistencia de una inteligencia artificial y contó con la revisión del editor/periodista.









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