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Abogados de hermanos Espaillat recurren fallo de homicidio voluntario por dolo eventual

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A través de este recurso, los abogados pidieron la revocación y nulidad de la Resolución núm.

Fuente: Listin diario

La defensa legal de los hermanos Antonio y Maribel Espaillat López presentó un recurso de apelación contra la resolución que modificó la calificación jurídica en el caso relacionado con la tragedia del Jet Set, argumentando que dicha decisión vulnera el principio de legalidad penal y otras garantías fundamentales establecidas en la Constitución dominicana.

A través de este recurso, los abogados pidieron la revocación y nulidad de la Resolución núm. 042-2026-TRES-00048, emitida el 15 de octubre de 2026 por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, la cual sustituyó la calificación original de homicidio y golpes y heridas involuntarios por homicidio y golpes y heridas voluntarios bajo la figura del dolo eventual.

Esta modificación en la calificación jurídica fue solicitada por las partes querellantes, sin que el Ministerio Público se sumara a dicha petición. La defensa cuestionó tanto los fundamentos legales como el procedimiento empleado por el tribunal para adoptar esta resolución.

Los abogados defendieron que el principio de legalidad es una garantía fundamental del Estado de derecho, ya que exige que todo ciudadano pueda conocer previamente, mediante una ley clara y precisa, qué conductas están penalmente prohibidas y cuáles son las consecuencias de cometerlas.

En ese sentido, criticaron que la decisión judicial haya recurrido a una interpretación doctrinal para otorgar al Código Penal un alcance que, según los recurrentes, no fue previsto por el legislador.

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Recordaron que la ley penal debe interpretarse estrictamente, salvo cuando dicha interpretación beneficie al imputado; por ello, advirtieron que si bien las doctrinas jurídicas contribuyen al desarrollo del derecho, no pueden reemplazar la voluntad del legislador ni emplearse para ampliar la responsabilidad penal.

Como ejemplo, señalaron que el nuevo Código Penal contempla expresamente muertes causadas por negligencia aun cuando exista conocimiento de sus posibles consecuencias, así como disposiciones específicas para establecimientos comerciales y lugares de espectáculos donde se registran fallecimientos por incumplimiento de obligaciones de seguridad.

Para la defensa, esta regulación reafirma que corresponde al legislador definir las conductas sancionables y sus consecuencias, sin que puedan ampliarse mediante interpretaciones doctrinales. Todo ello sin perjuicio del principio constitucional de retroactividad favorable cuando beneficie al imputado, cuya aplicación dependerá de las disposiciones concretas y circunstancias del caso.

Asimismo, explicaron que la admisibilidad del recurso se basa en precedentes de la Suprema Corte de Justicia que reconocen, en circunstancias excepcionales, la posibilidad de apelar decisiones distintas a sentencias condenatorias o absolutorias.

Según los abogados, en este caso concurren dos motivos independientes: la declaración de incompetencia que retiró al tribunal el conocimiento del juicio y las supuestas vulneraciones a derechos fundamentales.

En tales situaciones corresponderá a la Corte de Apelación examinar si procede el recurso y analizar los argumentos presentados.

El recurso también denunció que el tribunal realizó juicios anticipados sobre la responsabilidad penal de los acusados antes de concluir con la presentación de pruebas por parte de la acusación o iniciar las pruebas ofrecidas por la defensa.

De acuerdo con los recurrentes, la resolución llegó a dar por probada la teoría acusatoria respecto a delitos dolosos, lo cual afectaría la presunción de inocencia y las garantías de un juicio imparcial.

Además, cuestionaron el procedimiento utilizado para modificar la calificación jurídica, señalando que el tribunal aplicó erróneamente los artículos 327 y 328 del Código Procesal Penal. El primero permite advertir sobre una posible calificación no planteada por las partes pero no decidir anticipadamente una variación ya rechazada en etapa preliminar; mientras que el segundo regula supuestos vinculados a hechos nuevos surgidos durante el juicio, lo cual no ocurrió en este caso.

A estas irregularidades se suma que, según el recurso, el tribunal permitió réplicas a las partes acusadoras pero luego cerró el debate sin conceder a la defensa una contrarréplica ni permitir a los imputados ejercer plenamente su derecho a defenderse. Los abogados consideran que esto vulneró la igualdad entre partes, el principio de contradicción y el derecho a defensa.

Finalmente, la defensa reiteró que estos reclamos no buscan ignorar la gravedad de la tragedia ocurrida en el Jet Set, sino asegurar que el proceso se lleve adelante con estricto respeto a la Constitución, leyes y garantías fundamentales aplicables en todo proceso penal.

Solicitaron además a la Corte de Apelación revocar y anular la resolución impugnada y ordenar que continúe el proceso bajo la calificación original de homicidio y golpes y heridas involuntarios conforme al auto de apertura a juicio, ante un tribunal unipersonal distinto al que dictó dicha decisión.

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