Fuente: Hoy Digital
El martes 13 de octubre de 2026, el Primer Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional llevará a cabo la audiencia contra Jean Andrés Pumarol Fernández, acusado de asesinar a Yolanda Handal Abugabir con arma blanca y de causar heridas a otras cinco personas en un ataque ocurrido en un residencial del ensanche Naco.
Los jueces Gisselle Méndez, Giselle Naranjo y Tania Yunes conocerán el caso tras la revocación del auto de no ha lugar que favorecía al imputado, decisión tomada por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, que además ordenó la apertura del juicio de fondo.
La audiencia está programada para las 9:00 de la mañana.
Este proceso judicial surge a raíz de los hechos que afectaron a los familiares de Yolanda Handal Abugabir, entre ellos María Teresa Fabián de Heredia, Carolyn Giselle Taveras Handal, Evelyn Ivonne Taveras Handal de Díaz, Waleska María Handal, Nancy Licett Handal Abugabir y Antonio de Jesús Handal Abugabir, quienes están representados por el abogado Miguel Valerio.
El tribunal de segunda instancia, presidido por la magistrada Isis Muñiz e integrado por los jueces Teófilo Andújar y Luis Omar Jiménez, también impuso una prisión preventiva de tres meses a Pumarol Fernández, medida que debe cumplir en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Anamuya, en Higüey, donde permanece detenido.
Los magistrados dejaron sin validez la Resolución Penal núm. 063-2026-0064, emitida el 17 de marzo de 2026 por el juez Daiby Timoteo Pegüero, del Séptimo Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, mediante la cual se había dictado un auto de no ha lugar a favor del acusado.
La decisión fue adoptada luego de aceptar los recursos de apelación presentados por el Ministerio Público, representado por la fiscal Marie Daniela Fernández, así como por los familiares de la víctima mortal, quienes actuaron como querellantes y actores civiles.
La Corte concluyó que la acusación formulada por el Ministerio Público y la parte querellante contiene pruebas suficientes para demostrar la probabilidad de una condena y para justificar que el caso sea llevado a un juicio oral.
Entre los cargos admitidos figuran presuntas infracciones a los artículos 295 y 304, párrafo II; además de los artículos 299 y 302 del Código Penal, relacionados con homicidio y tentativa según la calificación jurídica establecida en el expediente.
Asimismo, se le imputan supuestas violaciones a los artículos 83 y 86 de la Ley núm. 631-16 para el Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados, así como a los artículos 3, numeral 5; 61, numeral 6; y 66 de la Ley núm. 248-12 sobre Protección Animal y Tenencia Responsable.








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