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Hermanos Maribel y Antonio Espaillat enfrentan posibles condenas de 3 a 20 años en caso Jet Set

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Cuando la presidencia de la Cámara Penal del juzgado de Primera Instancia determine qué tribunal conocerá el juicio, este se iniciará desde cero.

Fuente: Listin diario

Cuando la presidencia de la Cámara Penal del juzgado de Primera Instancia determine qué tribunal conocerá el juicio, este se iniciará desde cero.

El juez de la Cuarta Sala Penal del Distrito Nacional, Franny González, resolvió modificar la calificación jurídica asignada a los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, acusados por el desplome de la discoteca Jet Set que provocó la muerte de 236 personas.

Con esta nueva calificación, el caso se remite a un tribunal colegiado de la Cámara Penal del Distrito Nacional, donde los imputados podrían ser condenados a penas que oscilan entre 3 y 20 años de cárcel, según explicó el magistrado.

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Una vez que la presidencia de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia decida qué tribunal será competente para conocer el juicio, este comenzará desde cero.

“El juez considera que la teoría presentada por la fiscalía ha sido demostrada hasta este momento procesal. La fiscalía, durante el juicio oral en fecha 28 de agosto de 2026, en sus alegatos iniciales y lectura de acusación, manifestó lo siguiente: ‘Esto no es un simple accidente, pudo haberse prevenido, había advertencias y no debió ocurrir; sin embargo, a juicio de este tribunal, se ha probado en cuanto a los delitos dolosos, homicidio voluntario y golpes y heridas voluntarias mediante dolo eventual’”, señaló el juez en sus fundamentos.

Además, indicó que no había visto una acusación casi perfecta como la de este caso, aunque “lo único que faltaba para completar la calificación era la variación jurídica, que es precisamente lo que otorga este tribunal para perfeccionar la acusación fiscal”.

“El Tribunal entiende que basándose en los mismos hechos, sin necesidad de ampliar ni modificar los hechos expuestos, procede aceptar la solicitud de modificación de la calificación jurídica planteada por varias partes querellantes, actores civiles y acusadores particulares a través de sus abogados”, explicó.

El juez señaló en sus argumentos que los acusados tenían conocimiento del peligro real e inminente al que estaban expuestos, contaban con pruebas documentales sobre ello y no actuaron para evitarlo.

Manifestó que el problema con el techo no se debía a falta de mantenimiento, ya que quedó demostrado que “los imputados optaron por continuar con las actividades pese al riesgo generado”.

El Tribunal rechazó la ampliación de la acusación y las supuestas violaciones a las leyes de urbanización e ingeniería por carecer de base legal y porque no se justificaron elementos nuevos para tal ampliación.

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