Fuente: Presidencia de la República Dominicana
Santo Domingo.- El presidente Luis Abinader promulgó este lunes el Decreto núm. 719-26, que establece las normas para la zafra azucarera del período 2026-2027, con el objetivo de fortalecer la economía nacional, satisfacer la demanda del mercado interno y cumplir con los compromisos de exportación bajo un estricto control estatal.
El decreto precisa que de la producción total obtenida y de los excedentes del año anterior se destinarán las cantidades necesarias para cubrir el consumo nacional, garantizando además el cumplimiento de las obligaciones de exportación en mercados preferenciales, como el de Estados Unidos y otros destinos. En caso de requerirse la importación de azúcar, el Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar) deberá otorgar las licencias correspondientes.
Control gubernamental sobre el comercio exterior
El Poder Ejecutivo estableció varias medidas de control a través de Inazucar, entre ellas que ningún envío de azúcar, melaza o subproductos podrá salir del país sin un permiso emitido por esta institución.
Asimismo, los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE) para acceder al mercado estadounidense solo serán otorgados a ingenios y empresas productoras autorizadas, prohibiéndose expresamente su emisión a terceros no autorizados.
Normativas
En detalle, la regulación permite a los ingenios operar bajo programas específicos de molienda y producción de azúcar, priorizar el abastecimiento local y cumplir con los compromisos internacionales.
Además, establece que las empresas azucareras deben informar detalladamente sobre sus ventas internacionales, notificando cada venta en un plazo máximo de ocho días en EE. UU., la Unión Europea u otros mercados; entregar copia fiel del contrato dentro de los ocho días hábiles posteriores a su recepción; y enviar el certificado que acredite cantidad, polarización y materias extrañas en un plazo de tres días hábiles tras recibir el informe de desembarque.
Los ingenios también deberán reportar mensualmente cualquier variación en sus estimaciones de producción o en el cumplimiento de cuotas. Aquellos que no informen oportunamente sobre algún déficit podrán ser sancionados por el Poder Ejecutivo mediante reducciones proporcionales en su cuota para la siguiente zafra.








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