Fuente: Rocío Muñoz-Ledo/rocio_munoz_ledo@cnnespanol.cnn.com
La Asamblea Nacional de Venezuela, bajo control chavista, aprobó este martes en primera lectura una reforma a la Ley contra el Odio, un marco legal que ha sido objeto de críticas por parte de organizaciones de derechos humanos, las cuales consideran que el nuevo proyecto "mantiene mecanismos de control" para la persecución de opositores y exigen su derogación.
La iniciativa —que deberá ser sometida a debate público y regresar al Parlamento para una segunda discusión— pretende eliminar las penas de prisión de entre 10 y 20 años contempladas en la ley actual y, en su lugar, establecer multas para quienes incurran en estas faltas, explicó Pedro Infante, primer vicepresidente de la Asamblea y diputado chavista, al presentar el proyecto.
Asimismo, la reforma suprime la prohibición a partidos políticos que "promuevan el fascismo, intolerancia o el odio nacional". En sustitución, el nuevo artículo 12 establece que las organizaciones políticas deberán orientar su constitución e ideario hacia el fomento de la convivencia, bajo la supervisión del Consejo Nacional Electoral (CNE).
En materia de libertad de expresión, el artículo 4 del proyecto incluye una aclaración: "No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza política, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos".
La aprobación contó con votos en contra de algunas bancadas opositoras, que sostienen que la ley vulnera los derechos humanos y garantías constitucionales.
"Esos votos que están dispuestos a invertir en la reforma los pueden destinar a eliminar una norma que le ha causado tanto daño al país (…) Si realmente queremos hablar de renacer y respeto a la dignidad humana, entonces trabajemos en una ley que derogue el odio y transforme el miedo en confianza", afirmó durante el debate parlamentario Amelia Belisario, diputada opositora y representante de la bancada Libertad.
Por su parte, Jorge Rodríguez, presidente de la Asamblea Nacional, defendió la reforma asegurando que el chavismo está comprometido a impedir que esta norma sea utilizada para "la persecución de nadie".
No obstante, cuestionó a los legisladores de oposición: "Me pregunto: ¿lograron erradicar el odio que habita en algunos de sus corazones?". Añadió: "Ojalá no necesitáramos una ley de convivencia, pero sí es imprescindible para avanzar en este proceso; si no, llegará un momento en que alguien reaparezca y diga que no teme a la guerra civil, y cuántas veces no hemos estado cerca de ese riesgo".
A finales de septiembre, Delcy Rodríguez, presidenta encargada, solicitó al Parlamento una "reforma parcial" del texto "para corregir desviaciones en su aplicación", en medio de los cambios impulsados tras la captura del presidente Nicolás Maduro durante un operativo militar estadounidense a inicios de enero.
Una comisión conformada por 11 diputados se instaló en la Asamblea para diseñar dicha reforma, que fue avalada a mediados de octubre por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
Estos son los principales cambios propuestos por esta polémica ley según el documento citado por el TSJ al momento del fallo —incluyendo la modificación del nombre original “Ley Constitucional contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia” al nuevo título “Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia”.
Principales modificaciones propuestas por la reforma
El proyecto introduce cambios a varios artículos de la ley original aprobada en 2017 por la antigua Asamblea Constituyente presidida entonces por Rodríguez. Entre las modificaciones destacan:
1. El artículo 4 añade una aclaración para excluir expresamente las opiniones políticas y el ejercicio periodístico siempre que no impliquen incitación directa a actos violentos o delitos. El texto establece:
"No se considerarán discurso de odio las distintas opiniones de naturaleza política, el ejercicio del derecho a la libertad de expresión ni la labor periodística que no contengan una incitación directa e inequívoca a la realización de actos violentos o delictivos".
2. Cambia las normas aplicables a partidos políticos. El nuevo artículo 12 elimina la prohibición para registrar partidos u organizaciones políticas que promovieran “el fascismo, intolerancia o el odio nacional racial, étnico, religioso, político, social, ideológico, de género, orientación sexual, identidad o expresión de género y cualquier otra forma que constituya incitación a discriminación y violencia”. En su lugar indica que los partidos deberán orientar "su constitución, programas de acción, ideario y desempeño público al fomento de la convivencia democrática y pacífica, pluralidad, debate constructivo y respeto irrestricto a los derechos humanos y diversidad". La supervisión corresponderá al CNE.
3. Suprime las penas privativas de libertad por mensajes de odio. El antiguo artículo 20 contemplaba castigos entre 10 y 20 años para quien promoviera o incitara al odio o violencia. El nuevo artículo 21 clasifica las conductas infractoras estableciendo multas equivalentes entre 500 y 10.000 veces el tipo oficial del valor monetario mayor publicado por el Banco Central. También prevé trabajos comunitarios y programas educativos entre 200 y 600 horas. Además aclara que estas infracciones no implicarán medidas privativas de libertad.
El texto enumera cinco tipos infracciones: discursos de odio; mensajes bélicos; hostigamiento; mensajes discriminatorios; difusión o publicación de mensajes violentos. Define los mensajes bélicos como expresiones que promuevan “de manera directa e inequívoca e intencional” acciones como guerra agresiva, uso ilícito fuerza armada o violaciones masivas Derechos Humanos.
4. Modifica sanciones para medios informativos. La reforma elimina disposiciones sobre revocación concesiones radioeléctricas bloqueos web por difundir mensajes prohibidos. En cambio establece (artículo 22) que proveedores deben promover contenidos orientados hacia “convivencia democrática y paz”. En caso contrario se iniciaría procedimiento administrativo.
5. Cambia sanciones para personal sanitario. El anterior artículo 24 preveía penas entre ocho y diez años por negar o retrasar atención médica motivado por odio o intolerancia. El nuevo artículo 23 sustituye esas sanciones penales por multas equivalentes entre 1.000 y 10.000 veces tipo cambial oficial mayor; además contempla destitución en sector público o desvinculación laboral en privado.
6. Delega sanciones administrativas al Ministerio de Justicia. El nuevo artículo 24 otorga al despacho ministerial competencia para tramitar e imponer multas.
Organizaciones alertan sobre "mecanismos continuados de control"
Aunque esta reforma elimina las penas privativas previstas en 2017, el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Prensa (SNTP) advirtió —en comunicado reproducido también por Amnistía Internacional— que sigue vigente “la posibilidad inmediata” ordenar eliminación contenidos así como obligación mediática difundir mensajes tendientes a promover convivencia democrática y paz.
Foro Penal reporta que desde 2017 han sido imputadas 927 personas bajo esta ley.
Por otro lado, Espacio Público —ONG venezolana dedicada a defender libertad expresión e información— señaló que esta reforma mantiene “graves restricciones” tanto a derechos fundamentales como al debido proceso sin resolver consecuencias derivadas desde aplicación original.
La organización advierte que con este proyecto “el castigo pasa al Poder Ejecutivo”, lo cual considera incrementa arbitrariedad discrecionalidad sancionatoria.
Espacio Público también destaca que no se eliminan mecanismos censores frente a medios digitales ni plataformas virtuales; además alerta sobre vía penal abierta: artículo 26 permite acudir tribunales “sin perjuicio” sanciones administrativas mientras delito “instigación al odio” previsto en artículo 285 Código Penal continúa vigente.
Otro punto criticado es ausencia total respecto medidas reparación víctimas afectadas tras aplicación original: “No se ordena sobreseimiento causas abiertas ni liberación detenidos ni eliminación antecedentes ni levantamiento bloqueos ni restitución concesiones revocadas”, subraya Espacio Público.
Ante este contexto organizaciones como Espacio Público y SNTP respaldan llamado oposición para exigir derogación total ley cuestionada desde su promulgación en cuanto limita libertad expresión y ha sido usada contra disidencia política.
CNN solicitó comentarios al Ministerio del Poder Popular para Comunicación e Información venezolano respecto críticas expresadas por ambas organizaciones y está a la espera de respuesta.








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