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Posibles penas de prisión para los implicados en el complot contra Luis Abinader

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En caso de comprobarse un complot, el artículo 382 impone sanciones de 10 a 20 años de prisión mayor y multas entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público.

Fuente: Lency Alcántara/lency_alcantara@hoy.com.do

Los involucrados en la pesquisa sobre un presunto plan para atentar contra la vida del presidente Luis Abinader podrían enfrentar diversas sanciones penales, según las conductas que el Ministerio Público logre acreditar y la calificación jurídica que determine la justicia.

La Ley núm. 74-25, que establece el nuevo Código Penal dominicano, incluye varias disposiciones relacionadas con amenazas de muerte, tentativa de homicidio, homicidio agravado y conspiración para cometer un atentado.

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Una de estas disposiciones es el artículo 154, que penaliza las amenazas de muerte con penas de uno a dos años de prisión menor y multas equivalentes a tres a seis salarios mínimos del sector público, siempre que se cumplan los requisitos señalados en la ley.

En caso de comprobarse un complot, el artículo 382 impone sanciones de 10 a 20 años de prisión mayor y multas entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público. Este artículo define el complot como la decisión conjunta de varias personas de llevar a cabo un atentado, siempre que esa resolución se materialice mediante uno o más actos.

La legislación también contempla situaciones de mayor gravedad. El artículo 92, numeral 8, establece penas de 30 a 40 años de prisión mayor para el homicidio agravado cuando la víctima sea el presidente o vicepresidente de la República, entre otros funcionarios, mientras estén en el ejercicio de sus funciones.

Asimismo, el artículo 14 señala que la tentativa de una infracción muy grave se sanciona igual que si se hubiera consumado, siempre que exista un principio de ejecución y que el resultado no se produzca por causas ajenas a la voluntad del autor.

Por otro lado, el artículo 380 prevé penas de 20 a 30 años de prisión mayor para los atentados que, mediante actos violentos, pongan en riesgo el carácter civil, republicano, democrático y representativo del Estado dominicano.

De esta forma, las posibles consecuencias penales dependerán de las pruebas presentadas durante el proceso, del grado de participación individual de cada imputado y de la calificación jurídica final que determine el tribunal.

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