CARACAS,(AFP). La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ordenó al gobernador de Miranda, Henrique Capriles Radonski, cumplir con su labor de ordenamiento del tránsito de vehículos en el marco de la constitución y la ley para garantizar un adecuado y seguro desplazamiento por las vías públicas y ejercer la protección de los vecinos y habitantes de la entidad.
Se ordenó igualmente a la autoridad de la entidad que gire las instrucciones necesarias a su respectivo cuerpo de policía estadal, a fin de dar cumplimiento efectivo a lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y, en ese sentido, ordene que se desplieguen las acciones preventivas y de control del delito.
La sentencia señala que, de conformid ad con lo establecido en el artículo 29 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, el amparo cautelar debe ser acatado por el gobernador Capriles, so pena de incurrir en desobediencia a la autoridad y exponerse a la sanción prevista en el artículo 31 eiusdem o en las faltas que pueda calificar el Consejo Legislativo de la entidad federal.
Finalmente la Sala Constitucional ordenó remitir copia de la presente decisión al Consejo Legislativo del Estado Bolivariano de Miranda.




