Santo Domingo, República Dominicana.- La creación del Tribunal Constitucional revolucionó la jurisprudencia dominicana”, afirmó este miércoles el magistrado Milton Ray Guevara, presidente de la alta corte, durante la Audiencia Solemne de Rendición de Cuentas, como parte de los actos de conmemoración del sexto aniversario de la institución.
“El Tribunal ha establecido precedentes vinculantes que permiten impulsar los cambios sociales e institucionales para vivir en Constitución y establecer garantías para sectores vulnerables”, indicó Ray Guevara, quien destacó el progresivo aumento del rendimiento jurisdiccional de la institución, que al arribar a sus seis años ha emitido un total de 3 001 decisiones, 835 sentencias durante 2017, 13 % más que en 2016.
Los principales ámbitos en los que se ha establecido jurisprudencia, principalmente durante el año 2017, fueron feminicidios, violencia intrafamiliar, uniones consensuales, cuotas afirmativas, parceleros de la reforma agraria, expropiación, derecho a la educación, defensa del patrimonio ecológico nacional y de los bienes del dominio público, debido proceso, derechos de los envejecientes, autonomía de los órganos constitucionales, regulación migratoria y perfiles de la nacionalidad dominicana, respeto de los procedimientos constitucionales, equidad de género, recursos naturales, patrimonio de la nación y seguridad social, entre otros.
“Esa jurisprudencia ha impactado positivamente las decisiones de nuestros tribunales y la doctrina constitucional”, expresó. Sin embargo, afirmó: “El Tribunal Constitucional, por sí solo, no va a lograr la generación de una cultura constitucional que nos haga progresar como sociedad y como Estado”.
En ese sentido, el presidente del TC exhortó al Congreso Nacional a priorizar la aprobación de diez reservas de ley que la Constitución dispone, entre ellas la Ley sobre el Régimen de Adquisición y Transferencia de la Propiedad Inmobiliaria en la Zona Fronteriza, que estará sometida a requisitos legales específicos que privilegien la propiedad de los dominicanos y dominicanas y el interés nacional (artículo 10, numeral 2: Régimen Fronterizo); y la nueva Ley de Libertad de Expresión e Información (artículo 49, numerales 1, 2, 3, 4 y 5).
También la Ley de Estímulos e Incentivos para la Promoción del Deporte para Todos y Todas, la atención integral de los deportistas, el apoyo al deporte de alta competición, a los programas y actividades deportivas en el país y en el exterior (artículo 65, numeral 2); Ley sobre la Concesión de Indulto por el Presidente de la República en su condición de Jefe de Estado, los días 27 de febrero, 16 de agosto y 23 de diciembre de cada año (artículo 128, numeral 1, literal j) y Ley Orgánica de Determinación Territorial (artículo 195).
Del mismo modo, el presidente del TC considera que se necesita priorizar la Ley Relativa a la Región, sus competencias, composición, organización, funcionamiento y número (artículo 196); la Ley sobre Mecanismos Directos de Participación Local -referendo, plebiscito e iniciativas normativas municipales- (artículo 203); la Ley sobre Referendos Nacionales para determinar todo lo relativo a su celebración y condiciones para la realización (artículo 210); la Ley sobre Partidos Políticos (artículo 216); y la Ley sobre Sistemas de Inteligencia del Estado (Artículo 261).




