Santo Domingo, República Dominicana.-El Tribunal Constitucional confirmó la sentencia dictada por el Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de San Juan de la Maguana el 22 de noviembre de 2017 que declaró inadmisible una acción de amparo que buscaba la devolución de tres parcelas del caso Quirino.
El recurso fue presentado por la Factoría de Arroz Comendador, que pretendía la devolución de las tres parcelas ubicadas en San Juan de la Maguana, alegando vulneración a su derecho de propiedad incautando los inmuebles a favor del Estado dominicano.
Ese TC declaró inadmisible la acción de amparo por entender el tribunal que era improcedente devolver los bienes que pertenecían al ex convicto por narcotráfico Quirino Ernesto Paulino Castillo.
El decomiso de los inmuebles a favor del Estado fue dispuesto mediante la sentencia número 522-2008, del 22 de diciembre de 2008, emitida por el Primer Tribunal Colegiado del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional.





