A pesar de los escarceos o discusiones que se escenificaron este año que culminó, por la intención del Ejecutivo de reformar la Constitución de la República para reelegirse, situación que paralizó sus trabajos, la Cámara de Diputados convirtió en ley varios proyectos provenientes del Senado, que son de gran impacto y ayudan al desarrollo de la República Dominicana.
Entre estas leyes figura el Proyecto de Presupuesto General del Estado del 2020, ascendente a 997 mil 119 millones 200 mil pesos, el cual fue convertido en ley en la Cámara de Diputados, el 19 de diciembre del año que finaliza.
Previamente, esta iniciativa, de desarrollo, fue aprobada en primera lectura en la sesión del martes 17 de diciembre.
El proyecto de ley, depositado por el Poder Ejecutivo, establece que $723,274.4 millones corresponderían a gastos corrientes y $137,800 millones a gastos de capital, y el resto, $136,044.8 millones estarían destinados a amortizar deuda pública, aportes de capital a entidades nacionales e internacionales.
También, está destinado a pago de membresías a organismos internacionales, sentencias condenatorias de los tribunales de la República y para cubrir expropiaciones.
En especial, fueron considerados los sectores de educación preuniversitaria y salud, que recibieron incrementos de RD$23,952.9 millones y RD$13,275.0 millones, respectivamente.
A los servicios sociales se destinarán $59,040.3 millones, de los cuales $20,157.6 millones serán para la ampliación del programa educativo Jornada Extendida; $5,960.5 millones para la expansión de la educación en la primera infancia; RD$7,343.9 millones para República Digital; $720.0 millones para aumento cápita del Seguro Nacional de Salud (Senasa) y $17,249.0 millones para los programas de protección del Gabinete Social) y $6,809.0 millones a la construcción y remodelación de hospitales.
Además, $30,335.0 millones para proyectos de infraestructura; $5,300.0 millones en seguridad ciudadana y defensa; $7725.0 millones para apoyo a los sectores productivos y $2,953.0 millones al medio ambiente para recuperar la cobertura de bosques y las cuencas hidrográficas, así como para continuación del programa Dominicana Limpia.
Otra importante ley, aprobada el 11 de febrero del 2019 y promulgada por el Poder Ejecutivo el 18 de ese mismo mes, fue la Orgánica del Régimen Electoral, la 15-19, la cual se está aplicando para los procesos electorales del año que inicia, el 2020.
La misma, regula lo relativo al ejercicio del derecho de ciudadanía de elegir y ser elegibles; el procedimiento y desarrollo del proceso electoral para la conformación del Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo y la elección de las autoridades municipales; el funcionamiento y competencias de la Junta Central Electoral como máximo ente responsable de la organización de los comicios.
En su artículo 166, define el tope de financiamiento a través del cual un candidato presidencial podrá gastar en campaña hasta 122.50 pesos por elector.
Contempla, además, que en el nivel congresual es de 105 pesos, 87 pesos en el municipal y 43 pesos en el caso de los regidores por debajo de la propuesta de la Junta Central Electoral, que era de 200 pesos en el caso del candidato presidencial por elector.
Uno de los elementos más ponderado por los diputados es que la nueva Ley crea la Procuraduría para Delitos Electorales, adscripta a la Procuraduría General de la República y sanciona el trasfuguismo en los partidos políticos.
Según establece el artículo 284, los delitos electorales serán castigados con prisión correccional de seis meses a dos años y multa de dos a diez salarios mínimos del sector público.
La ley establece en otro artículo que como requisito fundamental para la realización y publicación de encuestas y sondeos de opinión político electoral, las empresas dedicadas a estos fines deberán inscribirse en la JCE, a través de la Dirección de Elecciones, que las habilitará para dichos fines.
Otra ley aprobada en la Cámara Baja fue la 16-19, que prohíbe el uso de la Hookah en Lugares Públicos y Privados, la cual fue promulgada por el Ejecutivo el 18 de febrero del 2019.
La normativa indica que el uso del instrumento es transmisor de enfermedades y que en el país está incrementando el consumo de drogas.
En el artículo tres, la ley expresa que se prohíbe el uso de la pipa en lugares cerrados bajo techo de uso colectivos públicos y privados y en vehículos destinados al transporte de pasajeros.
El cuatro establece que se sancionará con el pago de cinco a diez salarios mínimos del sector público, a los propietarios de lugares públicos y privados que permitan o toleren el uso del referido aparato en sus establecimientos.
En tanto, el artículo cinco, indica que la pena será de cinco a 15 salarios mínimos del sector público a toda persona que utilice la hookah en los establecimientos establecidos en el artículo tres.
La ley, de autoría de la diputada Miladys Núñez, dispone que el no cumplimiento de las presentes disposiciones implica la incautación e “inmediata” destrucción de la hookah y sus componentes.
La ley establece como responsable de su cumplimiento a la Procuraduría General de la República y entra en vigencia el día de su promulgación y publicación.
En varias ocasiones, el Ministerio Público, específicamente en la provincia de Santo Domingo incautó cientos de hookah y multó con 100 mil pesos a propietarios de centros de diversión que no cumplían con esta ley.
Otras leyes de impacto nacional sancionadas en la Cámara de Diputados y promulgadas este año que finaliza fue la 03-19, que crea el Colegio de Abogados de la República Dominicana, promulgada por el Poder Ejecutivo el 24 de enero de este año.
También, la Ley 17-19, para la Erradicación del Comercio Ilícito, Contrabando y Falsificación de Productos Regulados, promulgada el 20 de febrero del 2019.
Asimismo, las leyes 68-19, que modifica el artículo 91, de la Ley número 479-08, sobre Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y la Ley 90-19, que modifica la ley No287-04, sobre Prevención, Supresión y Limitación de Ruidos Nocivos y Molestos que producen contaminación sonoras, ambas promulgadas el 28 de marzo de este año.
Otra ley aprobada por los diputados que ha sido considerada de importancia es la 192-19, sobre la Protección de la Imagen, Honor e Intimidad Familiar Vinculados a Personas Fallecidas o Accidentadas, promulgada por el Ejecutivo el 21 de junio del 2019.
Cabe destacar la Ley 195-19, que modifica la 189-11, del 16 de julio del 2011, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario y el Fideicomiso en a República Dominicana, promulgada el 2 de julio del 2019.









