SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El presidente de la República, Danilo Medina, emitió la noche de este lunes el decreto 136-20 que establece que algunas personas y vehículos vinculados a la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, puertos y aeropuertos, entre otros, pueden circular durante el toque de queda.
La información fue dada a conocer por el portavoz de la Presidencia, Roberto Rodríguez Marchena, a través de su cuenta personal de Twitter, en la que señala que fue modificado el Decreto 136-20 del Presidente Medina para permitir excepciones durante el toque de queda.
Asimismo, Marchena, señaló que el Decreto 137-20 queda suspendido, mientras dure la vigencia del estado de emergencia, el cómputo de los plazos y términos de los procedimientos administrativos instrumentados ante los órganos que integran la Administración Pública central y desconcentrada,así como ante los organismos autónomos y descentralizados del Estado instituidos por leyes y adscritos a los ministerios.
[Decreto 136-20]Presidente Danilo Medina modifica decreto 135-20 para que durante horario del toque de queda se permita también circulación de personas y vehículos vinculados a la industria y comercio de alimentos, energía, agua, telecomunicaciones, puertos, aeropuertos y otros. pic.twitter.com/Wczm5enZry
— Rodríguez-Marchena (@RodrigMarchena) March 23, 2020
así como ante los organismos autónomos y descentralizados del Estado instituidos por leyes y adscritos a los ministerios. pic.twitter.com/QWRmD042Zx
— Rodríguez-Marchena (@RodrigMarchena) March 23, 2020









