Economicas Nacionales

Recuerdan a funcionarios que no pueden ofertar ni contratar con el Estado

Carlos Pimentel Director General DGCP 1 scaled
Carlos Pimentel Director General DGCP 1 scaled
Carlos Pimentel, director de Compras y Contrataciones Públicas especificó que a los ministros, viceministros, directores y subdirectores esa prohibición se les extiende hasta 6 meses después de la salida del cargo.

Santo Domingo, República Dominicana.- La Dirección General de Contrataciones Públicas recordó este martes que los ministros, viceministros, directores y subdirectores tienen prohibido,  hasta 6 meses después de la salida del cargo,  contratar con el Estado.

En un comunicado dirigido a las entidades gubernamentales,  la entidad que dirige Carlos Pimentel explica que la medida está contemplada en el artículo 14 de la Ley No.340-06, sobre Compras y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras y sus modificaciones.

Dentro del régimen de prohibiciones también le aclara que que tampoco pueden contratar con el Estado los parientes por consanguinidad hasta el tercer grado, es decir, padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos, bisabuelos y bisnietos y  por afinidad hasta el segundo grado, cónyuge, suegro y cuñados, entre otros.

No obstante aclara que esta prohibición para los parientes y afines solo aplica en el ámbito de la entidad en que los funcionarios prestan servicios.

“Invitamos a todos los funcionarios y funcionarias públicas a cumplir con la normativa a fin de que los procesos sean transparentes, se garantice la igualdad de oportunidades y no se de paso a ningún conflicto de interés», resaltó Pimentel,  director general de Contrataciones Públicas,

Solicitó a los servidores públicos recién designados que se encuentran dentro del régimen de prohibiciones establecido en la Ley y están inscritos en el Registro de Proveedores del Estado (RPE) como persona física o como socios de una empresa con más del 10% de participación en el capital social, que remitan una comunicación a esta Dirección General requiriendo la suspensión de su RPE o  serán separados de oficio.

Manifestó que para dar cumplimiento a la normativa vigente, las instituciones contratantes deberán, en la etapa de evaluación de las ofertas, verificar que las personas físicas y jurídicas participantes no se encuentren dentro del régimen de prohibiciones y abstenerse de adjudicar y suscribir contratos con estos.

“Desde Contrataciones Públicas estamos comprometidos a velar por el respeto de la Ley y cualquier propuesta o contratación que viole lo establecido, será anulada. Todos los funcionarios que participen en los procesos de compra o contratación serán responsables por los daños que por su negligencia o dolo causare al patrimonio público y será pasible de las sanciones establecidas en dicha Ley, sin perjuicio de las sanciones penales de la que pueda ser objeto, como lo señala el segundo párrafo del art. 65 de esta normativa”, destacó Pimentel.

Martes 01 de septiembre de 2020

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