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FJT asegura fideicomiso de administración de Punta Catalina es inconstitucional

Gobierno 1
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La Fundación Justicia y Transparencia anuncia someterá la inconstitucionalidad del decreto que "privatiza y enajena" el patrimonio público de Punta Catalina.

Santo Domingo.-La Fundación Justicia y Transparencia (FJT), calificó de inconstitucional el decreto del presidente, Luis Abinader, número 538-21, mediante el cual se constituye el Fideicomiso Público Central Termoeléctrica Punta Catalina (Fideicomiso CTPC).

El decreto  tiene como objeto la administración por 30 años de Punta Catalina, por un comité técnico, presidido por el exadministrador de la Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales, Celso José Marranzini
Pérez, José Luis Actis, Noel Báez Paredes, George Ángel Reinoso Núñez y John A. De Armas, todo ello amparado, paradójicamente, en la ley 189-11, que instituye el fideicomiso en la República Dominicana, para el Desarrollo del Mercado Hipotecario, según la FJT.

La entidad cívica lamenta que el presidente Abinader, «de forma errónea» desarrolle por decreto una institución jurídica que, como tal, no existe el ordenamiento legislativo, (Fideicomiso Público), sino que solo aparece en una definición contenida en el decreto núm. 95-12, artículo 4 letra d, para la reglamentación de la ley 189-11, sin desarrollo alguno, además de estar desvinculado y descontextualizado de la referida ley, por no encontrar afinidad con las modalidades originalmente previstas.

Trajano Potentini, presidente de Justicia y Transparencia, explicó que el fideicomiso esta fundamentalmente concebido para actividades de naturaleza privada, con una estructura flexible y fuera de los controles de transparencia y rendición de cuentas del Estado, con un patrimonio autónomo, con la agravante, de que para el caso
ocurrente, estaríamos privatizando y enajenando un bien público, como lo sería la Central Termoeléctrica Punta Catalina, con un costo aún desconocido, pero muy superior a los 2 mil millones de dólares, afectando así, una función exclusiva del congreso, nunca por un decreto del ejecutivo.

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