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Ray Guevara resalta sentencias protegen y defienden derechos de diáspora

PRESENTACION DE PLENO TC NY
PRESENTACION DE PLENO TC NY
Dijo que el TC anuló la disposición legal que establecía una diferencia en el pago de impuestos sucesorales entre los dominicanos residentes en RD y los de fuera del país

NUEVA YORK.- E presidente del Tribunal Cpnstitucional (TC), Milton Ray Guevara, resaltó en Nueva York las sentencias protegen y defienden derechos de diáspora.

El Ray Guevara citó el caso de la República Dominicana, donde la Constitución concede a los residentes en el exterior la potestad de adquirir una nacionalidad extranjera sin renunciar a la dominicana.

El funcionario dictó la conferencia «Génesis del Tribunal Constitucional, la doble nacionalidad y sentencias relativas a la diáspora», en la que, además de exponer los logros de la Alta Corte, abordó el tema de la doble nacionalidad.

También se refirió a que que el TC anuló la disposición legal que establecía una diferencia en el pago de impuestos sucesorales entre los dominicanos residentes en República Dominicana y los que viven de fuera del país

Explicó que esta sentencia establecía un tratamiento desigual y discriminatorio en el pago de impuestos sucesorales entre los dominicanos residentes en la República Dominicana y los residentes fuera del país.

“He ahí una prueba fehaciente de que el Tribunal Constitucional dominicano tiene pendiente a sus compatriotas residentes más allá de sus fronteras, y que está y estará siempre presto a proteger y garantizar sus derechos fundamentales”, ratificó.

Sentencia TC/0168/13

El magistrado Milton Ray Guevara señaló que, al adoptar decisión adoptada en esta sentencia, el Pleno del TC cumplió con el mandato que le confiere la Constitución de ser su máximo intérprete y garante de su supremacía, y afirmó que no se trató de un fallo tomado por sentimientos inhumanos como el racismo, la discriminación o como una forma de colocar a alguna persona en una situación vulnerable.

Aseguró que, a través esta sentencia, «el TC reafirmó la validez de la disposición establecida en la Constitución dominicana del 20 de junio de 1929, que excluye de la nacionalidad dominicana por ius soli a los hijos e hijas nacidos en el país de padres extranjeros en tránsito, la cual fue reproducida en la Constitución de 1966, vigente a la fecha de nacimiento de la recurrente, el primero de abril de 1984».

Enfatizó que el Plan Nacional de Regularización de extranjeros ilegales radicados en el país contribuyó con la regularización del estatus migratorio y ofreció la oportunidad a todos los extranjeros que, en circunstancias análogas, se encontraban en total desamparo legal.

El TC y los dominicanos en el extranjero

El presidente del TC se refirió a los dominicanos residentes en el extranjero como un orgullo y un ejemplo constante de superación, amor al trabajo, generosidad y amor a la patria, además de resaltar el sacrificio y los desvelos que realizan por sus familias.

Dijo que, a través de los tiempos, la República Dominicana ha demostrado su grandeza, su valentía, su patriotismo y su vocación democrática, camino que está seguro seguirán trillando y que permitirá la inmortalidad.

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